San José, 23 Feb (ElPaís.cr) – La Unidad Social Cristiana (PUSC) propuso la vía rápida para aprobar 17 proyectos legislativos relacionados con el gasto público lo más pronto posible, esto ya que su tesis es que para atacar el déficit fiscal primeramente se deben tomar otras medidas.
La fracción socialcristiana está en contra de la promulgación de nuevos impuestos como el de venta y renta, además no apoyan la creación de un registro de accionistas contemplado dentro del proyecto contra el fraude fiscal.
La dinámica que proponen es conformar una Comisión Especial que estudie y dictamine en un plazo fijo los proyectos vinculados con pensiones y empleo público, dos de los más importantes disparadores del gasto.
“Desde la Fracción hemos insistido que para ayudar en el déficit fiscal primero hay que hacer contención del gasto y por eso hemos planteado fuertes recortes a los presupuestos nacionales. Esta moción lo que busca es poner sobre la mesa esos proyectos que hay que discutir, que hay que dictaminar y que hay que aprobar en el Plenario para poder mejorar las finanzas del país”, explicó Johnny Leiva Badilla, Jefe de Fracción de la Unidad.
La intención radica en hacer caminar una serie de iniciativas de ley que están varadas en la corriente legislativa, esto debido a que el enfoque principal del congreso en este momento está basado en las propuestas meramente de índole fiscal.
Además, el trabajo de la Comisión sería intensivo, ya que sesionaría de lunes a jueves, tres horas cada día y según sea el caso, también podría sesionar viernes, sábados y domingos.
“En esa lista hay proyectos de diferentes fracciones legislativas, no estamos tomando en cuenta si es de un partido o de otro, sino que sean proyectos que vayan en la línea de contención del gasto, principalmente por la vía de pensiones excesivas y el tema de empleo público que hay que ordenar, especialmente los salarios de lujo y los pluses salariales”, explicó el jefe de la banca socialcristiana.
Sobre el rubro de remuneraciones para 2016, el Gobierno presupuestó ¢2,5 billones, mientras que en pensiones el monto es de ¢849 mil millones, es decir que ambos rubros superan los ¢3,3 billones, monto que según los legisladores de esta bancada debe reducirse.
La Comisión tendría un plazo de hasta 6 meses a partir de su instalación para rendir los informes y estaría conformada por nueve diputados de seis diferentes fracciones.
LISTADO DE PROYECTOS
Empleo público
- Expediente 19.156: Ley de Límites a las Remuneraciones Totales en la Función Pública.
- Expediente 19.431: Ley de Empleo Público.
- Expediente 19.506: Ley para el Ordenamiento de las Retribuciones Adicionales al Salario Base del Sector Público.
- Expediente 19.787: Ley sobre la Promoción del Buen Desempeño de los Servidores Públicos para una Gestión Pública de Calidad.
Pensiones
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Con cargo al Presupuesto Nacional:
- Expediente 19.184: Reforma al artículo 5 de la Ley N° 7007 y artículo 3 bis de la Ley N° 7605.
- Expediente 19.225: Adición de un artículo a la Ley de Creación del Régimen General de Pensiones con Cargo al Presupuesto Nacional, de Otros Regímenes Especiales y Reforma a Ley N° 7092 del 21 de abril de 1988 y sus reformas, Ley del Impuesto sobre la Renta.
- Expediente 19.254: Ley Marco de Contribución Especial de los Regímenes de Pensiones.
- Expediente 19.264: Parámetro de Caducidad del Derecho de Pensión para Hijos e Hijas en el Régimen de Hacienda, Ley N° 148.
- Expediente 19.310: Porcentaje de Cotización de Pensionados y Servidores Activos para los Regímenes Especiales de Pensiones.
- Expediente 19.661: Reforma a la Normativa de los Regímenes Especiales de Pensiones con Cargo al Presupuesto Nacional para Contener el Gasto de Pensiones.
- Expediente 19.721: Reformas para evitar pagos de pensiones a fallecidos: Adiciónense los artículos 30 bis, 30 ter, 30 cuarter, 30 quinquies, 30 sexies, 30 septies, 30 octies y 30 nonies y el artículo 31 bis en el Capítulo V titulado: Disposiciones Generales de la Ley N° 7302 del 8 de julio de 1992, denominada: Régimen General de Pensiones con Cargo al Presupuesto Nacional (Marco), Creación del Régimen General de Pensiones con Cargo al Presupuesto Nacional, de otros regímenes especiales y reforma a la Ley N° 7092 del 21 de abril de 1998 y sus reformas y Ley de Impuesto sobre la Renta y sus reformas. Además, el artículo 220 bis a la Ley N° 4573, Código Penal del 4 de mayo de 1970 y el artículo 60 bis, en la Ley N° 1644 del 26 de setiembre de 1953, denominada Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional y sus reformas.
- Expediente 19.857: Ley de Caducidad de Derechos de Pensión de Hijos e Hijas y Reformas al Régimen de Pensión de Hacienda ‒ Diputados, regulados por la Ley N°. 148, Ley de Pensiones de Hacienda del 23 de agosto de agosto de 1943 y sus posteriores reformas.
- Expediente 19.858: Ley que Regula la Sucesión de la Pensión de los Miembros de los Supremos Poderes.
2. Poder Judicial:
- Expediente 19.193: Ley de Reforma al Título IX de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 8 del 29 de Noviembre de 1937 y sus Reformas.
- Expediente 19.226: Reforma al Título IX, De las Jubilaciones y Pensiones Judiciales, Capítulo 1, Disposiciones Generales, de Ley Orgánica del Poder Judicial, N° 7333 de 5 de Mayo de 1993.
- Expediente 19.345: Adición de dos artículos a la Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley N° 7333 del 5 de Mayo de 1993 y sus Reformas.
- Expediente 19.651: Ley de Reforma al Título IX de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 8 del 29 de Noviembre de 1937 y sus Reformas.
1 Comment
Gonz de gonx
Algo así cómo cuando estos enemigos de Costa Rica aprobaron la ley que otorga pensión (y muy jugosa) a los hijos solteros de los diputados? Como hace falta una ley de revocatoria de mandato, y con cárcel para quienes han usado el poder para su exclusivo beneficio personal o, lo que es igual, han robado fondos públicos. Cómo es que permitimos semejante descaro…!