San José, 26 Sep (Elpaís.cr).- La Sala Constitucional le dio curso a la acción interpuesta por los ambientalistas Allam Astorga y Alvaro Sagot, que pretende declarar inconstitucional la autorización de las entidades públicas para construir infraestructura sobre los ecosistemas de humedal.
Los artículos que entran es disputa son 1º, 2º, 3º, 4º y 11 del Decreto Ejecutivo No. 39838-MINAE de 27 de junio de 2016, y el artículo 7º, incisos l) y m) del Decreto Ejecutivo No. 38863-MINAE de 11 de noviembre de 2014, por vulnerar el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, proclamado en el artículo 50 de la Constitución Política.
La acción impediría la intervención controlada, por parte del Estado y demás entes públicos con competencia en infraestructura pública, sobre ecosistemas de humedal, en razón de la reparación, mantenimiento, construcción o ampliación de infraestructura pública estatal, previamente declarados de conveniencia nacional, aunque se trate de humedales situados en zonas protegidas, y en el patrimonio natural del Estado,
Mientras se continúa con el proceso, se le solicitó a la Procuraduría General de la República y al Ministerio de Ambiente y Energía asistir a una audiencia.
Asimismo, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente.
El pasado 10 de agosto, el Decreto Ejecutivo 39838-Minae, permitió que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) estuviera facultado para autorizar la construcción de infraestructura pública en humedales.