San José, 13 Dic (Elpais.cr) – Para desmentir las noticias que han salido en medios sobre un posible feriado el 26 de diciembre y el 2 de enero, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), recordó que los días festivos son el 25 de diciembre y el 1 de enero, solamente.
En esta ocasión ambos coinciden con el día domingo, por ello se corrió el rumor de que el feriado se pasaría para el lunes, sin embargo, para el MTSS eso no es obligatorio para las empresas.
Lo que sí es derecho es que todas las personas trabajadoras, sin importar el tipo de actividad que realicen, disfruten el feriado del domingo.
Tampoco puede nadie ser sancionado por decidir disfrutar el feriado.
Se aclaró también que, si el día de descanso coincide con el feriado en la modalidad de pago mensual, quincenal o comercio, se entiende que su pago ya se encuentra reconocido en el salario y solo se paga doble si se trabaja.
Así, el disfrute del 25 de diciembre y el 1 de enero no se puede trasladar para otra fecha.