San José, 22 Set (ElPaís.cr).- Los Magistrados de la Sala Constitucional de la Corte Suprema, rechazaron por unanimidad dos recursos presentados por el empresario importador de cemento chino, Juan Carlos Bolaños, en contra de la Comisión Legislativa que lo investiga.
Bolaños presentó un recurso de amparo y un hábeas corpus contra el órgano legislativo, en los cuales alegaba que los diputados perdieron el norte de la investigación y que además lo hicieron comparecer de forma obligada aunque estaba enfermo. Cabe destacar que el empresario llegó bajo sus propios medios, pero los diputados le comunicaron que si no se presentaba, lo iban a mandar a traer con la Fuerza Pública.
El empresario se reportó con gastritis aguda el día de la audiencia, la cual según dijo eventualmente, fue parte del estrés que le ha ocasionado todo este show mediático alrededor del tema del cemento chino. Actualmente, Bolaños es investigado por la Fiscalía de la República y por la Asamblea Legislativa, con el fin de determinar si hubo o no tráfico de influencias a su favor en el préstamo de $30 millones otorgado por el Banco de Costa Rica (BCR).
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La respuesta de la Sala IV indica que una incapacidad médica, no es una justificación suficiente para no atender una rendición de cuentas ante la Asamblea Legislativa.
«Las incapacidades médicas no constituyen necesariamente una imposibilidad para atender audiencias, a menos que comprometan seriamente la salud de la persona, involucren un impedimento físico que imposibilite su movilidad, o sean de índole psiquiátrico, que afecten su capacidad de comprensión. En el caso, no se observó que el diagnóstico o las recomendaciones médicas cumplieran ese requisito», señala un comunicado institucional.
Los Magistrados también rechazaron un reclamo de violación al principio de reserva de ley, ya que desde la visión de los jueces, la Comisión tiene la facultad de convocar a una persona que podría estar implicada en asuntos políticos. La Sala determinó que la Comisión no irrespetó los principios de neutralidad, objetividad e imparcialidad.