San José, 21 Jun (ElPaís.cr).- La diputada María José Corrales de la bancada de Liberación Nacional (PLN), presentó un nuevo proyecto de ley que busca prevenir y sancionar el acoso laboral.
De acuerdo con esta iniciativa, todas las instituciones públicas y privadas deberán contar con su propio reglamento o política para prevenir el acoso, esto con el fin de mejorar los protocolos de atención sobre este tipo de casos.
Se trata del expediente 20.873 Ley para prevenir y sancionar el acoso laboral en sector público y privado. El proyecto contiene 54 artículos distribuidos en cinco capítulos.
La ley propone que en caso de denuncia se deberá instaurar una comisión investigadora y además, la persona podrá acudir también a la vía judicial en los casos requeridos.
Esta comisión investigadora tendrá la potestad de dirigir la investigación de caso, recabar pruebas y llamar a audiencia a las partes. Luego de este proceso, el órgano tendrá 15 días hábiles para dictar la resolución de fondo.
Para ello, en cada caso se deberá instaurar un órgano administrativo desconcentrado en un plazo de diez días hábiles después de presentada la denuncia, con la participación de la Dirección Nacional de Inspección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y un profesional en psicología laboral.
“Con esta legislación proponemos un marco normativo que acuerpe a todos los trabajadores del país para que en primera instancia se prevenga el acoso laboral en todas sus manifestaciones y si una situación de estas se presenta, la persona afectada tenga las herramientas jurídicas reconocidas para hacer valer sus derechos, su dignidad y erradiquemos por completo este tipo de prácticas. Es así como impulsaremos esta iniciativa con la etiqueta ‘Movete Mobbing’ desde nuestras redes sociales para crear conciencia sobre su importancia”, manifestó la diputada Corrales.
Cabe mencionar que la Defensoría de los Habitantes mencionó en su informe 2017-2918, que solo 17 instituciones públicas cuentan con este tipo de reglamentos a lo interno.
Aquel patrono que incumpla con esta disposición se expone a una sanción de uno a diez salarios base mensual, de acuerdo con el artículo 2 de la ley 7337 que crea el concepto de salario base para delitos especiales del Código Penal, entre otras sanciones.
El proyecto de ley también contempla el “principio de protección” para la persona afectada. Esto significa que en todo momento se le garantizará su estabilidad laboral e integridad física, psicológica, emocional y sexual.
También establece protecciones especiales si la persona denunciante es un menor de edad o si padece algún tipo de discapacidad e incluso si la denuncia es falsa y donde el presunto afectado puede incurrir en delitos de difamación, injuria o calumnia según lo contempla el Código Penal.