Cuando el doctor Rafael Ángel Calderón Guardia regresó a Costa Rica al término de sus estudios en Europa, se reencontró con un pueblo costarricense sumido en la miseria y el abandono. No existía siquiera una ley que lo protegiera del abuso en el pago del alquiler de su casita; no se evidenciaba una preocupación oficial por dotarlo de un techo digno; los obreros y campesinos no contaban con una ley que al menos determinara un salario mínimo y una jornada laboral que respetara su condición humana; las enfermedades que lo aquejaban provocaban la muerte sin haber tenido oportunidad de atención médica y hospitalaria oportunas; las condiciones insalubres eran parte de su vida cotidiana y la transmisión de enfermedades contagiosas era inevitable; su querido pueblo no tenía acceso siquiera al agua potable en cantidad y calidad al menos aceptable; un certificado de conclusión de educación secundaria era el título superior al que se pudiera aspirar, pues no existía ninguna institución de educación universitaria.
La situación imperante era causa de desvelo permanente para el joven médico que había conocido en Bélgica y Francia situaciones que, pese a la época, estaban muy alejadas de la miseria que imperaba en Costa Rica, donde la esperanza de vida era menor a los 47 años. Algo inimaginable para los costarricenses que hoy no podemos vislumbrar esa realidad que angustiaba al muy querido doctor que los electores hicieron presidente con un apoyo superior al 80% de los votos.
La injusticia social era negatoria del espíritu cristiano que moldeaba la ideología del doctor Calderón Guardia, que lo angustiaba, que lo hacía cavilar sobre qué hacer desde un gobierno siempre aquejado de financiamiento insuficiente. Como médico, más que político, estaba muy cerca de los miserables, de los que desesperanzados sufrían sus penas, de los abandonados que esperaban por una mano amiga que se acordara de ellos. Sufría el presidente Calderón pero no se dejaba vencer por la adversidad, como lo hacen los grandes estadistas. Sabía que tenía que mejorar el bajo nivel de vida de la familia costarricense, combatiendo la miseria, la desnutrición, la insalubridad. La doctrina social de la iglesia lo inspiraba para condimentar con amor la magna obra que eventualmente haría. «Sabía yo que el problema más difícil es el de la miseria, el de la inexorable indigencia de nuestras familias campesinas; y, sin embargo, comprendí que lo social debe anteponerse a lo económico, para que lo uno sea consecuencia de lo otro. No se me ocultaba que mi esfuerzo, por grande que fuera, por mucho que quisiera abarcar, tendría que quedarse corto; pero no desconfié de las virtudes innatas y del profundo sentido de justicia de mi pueblo, y no tengo por qué arrepentirme”, dijo.
Y así, sin esperar porque “se aclararan los nublados del día” que algunas veces impidió tomar decisiones en el pasado, o por lo que dijera una “comisión” que emitiera sus recomendaciones en uno o dos años, puso manos a la obra. Hizo nacer la “Junta Nacional de la Habitación y la Cooperativa de Casas Económicas «La Familia», que rápidamente diera sus frutos. La “Reforma Constitucional de las Garantías Sociales” pronto vino a sentar las bases de la justicia social que estaba ausente del hogar costarricense. Y no menos trascendente fue la ley que establecía los Seguros Sociales obligatorios… “como única fórmula que armoniza los intereses en pugna del capital y el trabajo, pues tiende a establecer como bases de las relaciones humanas los eternos principios de justicia y solidaridad cristianos, frente a los cuales no existen, o no deben existir, diferencias de clases, sino únicamente hombres que sufren y hombres que tienen el deber de aliviar esos sufrimientos”, defendió ante el Congreso.
Pero también tenía que abrirle a su pueblo las puertas de una institución de estudios superiores, adonde aún los más pobres pudieran acceder al cultivo del espíritu para que la nación contara con un vehículo de desarrollo que se extrañaba. Y nació así la Universidad de Costa Rica que inspirara al Benemérito de la Patria y lo llenara de orgullo hasta su prematura muerte.
Asimismo, al saber que en la base fundamental de una mejor calidad de vida estaba en el acceso al agua como un bien “de dominio público”, “de propiedad nacional”, concesionable, creó el 26 de agosto de 1942,LA LEY DE AGUAS (Ley Nº 276). En ella se determina sabiamente que el recurso agua habría se ser administrado por la “Sección de Aguas Potables” de la Secretaría de Salubridad Pública y Protección Social, encargada de “todo lo relacionado con la utilización y administración de las aguas de las cañerías y de los servicios sanitarios”, que incluye “su tratamiento técnico para hacerlas potables; la provisión de ellas a las diversas poblaciones conforme se vaya determinando; la vigilancia de los servicios respectivos y la preparación de planos, diseños, organización, técnica y manejo de los servicios de cañerías o sistemas de distribución de aguas para servicios sanitarios”. Y para garantizar la viabilidad de tan innovadora (para la época) función estatal, se determina que “Lo relativo a la ejecución, construcción y reparación de las obras necesarias para tales fines, corresponderá a la Sección o Departamento de Cañerías de la Secretaría de Fomento”.
Ley de Aguas que ha sido actualizada a través de los años para adecuarla a la cambiante realidad nacional, que ha permitido que por medio de sus 57 reformas aprobadas, siga siendo una ley fundamental para el desarrollo de Costa Rica. Ley que ha sustentado, desde esa visión cristiana conque la gestó el Dr. Calderón Guardia, el avance social que hoy caracteriza al pueblo costarricense, reflejado en una expectativa de vida de 80 años.
Ley de Aguas que hemos de defender, no solo por su carácter histórico, por su capacidad a adaptarse a los nuevos requerimientos de la sociedad costarricense, por su excelencia, y más que todo, por la visión social que le impregnara sabiamente su gestor, gracias a su visión de futuro y su capacidad de estadista. Pero Ley de Aguas que ahora, con el argumento único de que “es muy vieja”, pretenden derogarla para sustituirla por una nueva ley que despierta mucha desconfianza en vista de su origen y su economicista planteamiento. Proyecto de ley, que pese a ser analizado apenas someramente por la Sala IV, fuere declarado inconstitucional por disminuir las áreas de protección de manantiales de 125.600 m2 a escasos 1.256 m2, por la regresión ambiental que la permea.
Nueva Ley de Aguas que plantea, ¡para que no queden dudas de su “filosofía”!, que el agua es un “bien económico”; que es un derecho humano su acceso, pero NO en calidad y cantidad adecuadas; que no regula siquiera la exportación del agua cuando se enfrenten condiciones de abastecimiento que así lo demanden; que crea un vacío irreparable en los procesos estatales de investigación y gestión de los acuíferos subterráneos; que priva al AyA de sus funciones de gobernabilidad del agua como recurso de dominio público; que crea sociedades anónimas que se encargarían de las aguas de uso agropecuario, ajenas al AyA y a las Asadas de su misma zona.
Nueva Ley de Aguas que desconoce totalmente el valor de la original Ley de Aguas, que ha superado el examen del tiempo y que, bajo su manto, ha permitido el nacimiento y desarrollo del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA); el establecimiento de las Asadas y las Sociedades de Usuarios bajo la orientación y guía de ese Instituto; el establecimiento de la Aresep que motivara la mayoría de las reformas tramitadas en 1996 y el funcionamiento del Servicios Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (Senara) que con la nueva ley se quiere destrozar desde sus cimientos.
Nueva Ley de Aguas redactada y promovida por intereses convenientemente difusos, pero salpicados por la Global Water Partnership (GWP), ente hijo del Banco Mundial vinculado a los temibles “Foros Mundiales del Agua” organizados por las gigantescas transnacionales del agua y por el World Water Council (WWC), todos promotores del agua como un bien económico, ¡antes que social!, según su ideología mercantilista. Nueva Ley de Aguas que sería conveniente indagar por el costo de su redacción y promoción a nivel nacional, que habiendo ingresado por el mecanismo de “Iniciativa Popular”, en claro incumplimiento de las normas constitucionales, transgrede el “Principio de Conexidad” debido a los cambios que sufriera durante su trámite en comisión legislativa.
Nueva Ley de Aguas que, por precepto constitucional, incumple también el plazo de dos años en que debió de haber sido votada en primer y segundo debate legislativo, en evidente incumplimiento del Principio de Preclusión que impide realizar “ciertos actos procesales que carecerán de eficacia si son ejecutados en etapas distintas” en su procedimiento. Y que por tanto, no debería de tramitarse nuevamente ante el Plenario Legislativo en vista de los múltiples vicios de inconstitucionalidad que algunos señores magistrados han resumido como parte del voto que fuere enviado a la Asamblea Legislativa, y que hemos resumido.
(*) Doctor en Biología
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