San José, 20 Mar (ElPaís.cr) – La Contraloría General de la República (CGR), llamó la atención al Consejo Nacional de Educación Superior Privada (CONESUP), por los débiles controles aplicados a las 53 universidades privadas que funcionan en Costa Rica.
El Área de Servicios Sociales de la CGR emitió el informe de fiscalización DFOE-SOC-IF-03-2015, cuyo objetivo del estudio fue analizar los controles aplicados por el CONESUP para fortalecer la educación universitaria privada.
En un documento de prensa, la CGR resaltó que las organizaciones privadas que prestan servicios de educación superior universitaria han crecido en Costa Rica en las últimas décadas y en la actualidad existen 53 universidades, que ofrecen 1.651 planes de estudios de grado y postgrado aprobados por CONESUP.
Además, esos centros educativos cubren cerca del 50% de la población que asiste a ese tipo de educación.
“Asimismo, el acceso y la calidad de la educación superior son temas de relevancia, que involucran aspectos económicos y multidimensionales, entre los cuales están los contenidos de los programas, el costo de la matrícula y de las materias que se imparten”, indicó la CGR.
Las debilidades:
1.- Los planes de estudios que el CONESUP ha aprobado a las universidades privadas presentan desactualización, sin que esta instancia pueda solicitar de oficio la actualización de los mismos, en razón de que no existe una norma expresa que se lo permita.
2.- De 681 planes de estudios (de 23 universidades privadas), que constituyen un 41% del total de oferta académica aprobada para grados y postgrados por el CONESUP, se determinó que el 85% de ellos tienen una antigüedad mayor a los 5 años.
3.- El proceso administrativo de inspección que le corresponde realizar al CONESUP sobre las universidades privadas, resulta lento (en promedio 11,2 meses), desde la fecha de elaboración del informe hasta la decisión final de dicho Consejo.
4.- Se determinó que el CONESUP no ha definido el monto de tarifas que debe cobrar por los servicios que brinda a las universidades privadas, dejando de percibir recursos económicos que eventualmente pudieron haberse utilizado en mejorar su gestión en pro de un mayor fortalecimiento de la calidad de la educación superior privada.
5.- El CONESUP utiliza metodologías o procedimientos, para las autorizaciones de las tarifas iniciales y de aumentos de tarifas por costos de matrícula y materias, de las universidades privadas, que en la mayoría de los casos no están fundamentadas en estudios técnicos, que garanticen que éstas respondan a los costos y gastos de los servicios que dichas universidades prestan.
6.- El CONESUP no tiene facultades legales para autorizar ni ejercer control sobre cobros que realizan las universidades privadas por concepto de trámites administrativo-académicos como trabajos finales de graduación o tesis, convalidaciones, exámenes ordinarios, extraordinarios y por suficiencia, pruebas de grado y certificaciones. De una muestra de 9 universidades privadas, los montos muestran diferencias significativas, a saber, montos entre un rango de ¢70.000 colones a los ¢282.000 colones.
Sobre lo anterior, la CGR informó que giró “una serie de recomendaciones a la Ministra de Educación Pública y disposiciones, entre otras, al Consejo del CONESUP a fin de que coordine con la Dirección Ejecutiva y otras dependencias del CONESUP para corregir las deficiencias señaladas en el informe”.
Además, la CGR recordó que en declaraciones ofrecidas por la Ministra de Educación, Sonia Marta Mora, señaló su compromiso con corregir los problemas indicados.