Austin (EE.UU.), 5 ago (EFE).- El Tribunal de Apelaciones del Circuito Quinto de Estados Unidos falló hoy en contra de la estricta ley de identificación del votante de Texas (EE.UU.) al considerar que «discrimina» a las minorías, aunque la norma sigue vigente.
Según los magistrados, esta norma promulgada en 2011 viola la Sección Segunda de la ley de derecho al voto de Estados Unidos, que prohíbe la discriminación «por raza o color», por lo que debe ser enmendada.
La ley de derecho a voto cumple este jueves 50 años.
La decisión de los magistrados del tribunal de apelaciones no deja sin efecto la ley texana, sino que reclama una revisión del texto a un tribunal federal inferior de la ciudad de Corpus Christi (Texas), para que corrija su carácter discriminatorio.
De este modo, la norma seguirá vigente hasta que este tribunal se pronuncie sobre los aspectos llamados a revisión.
La ley de identificación del votante de Texas exige a los ciudadanos un documento oficial con una fotografía y expedido por el estado para poder ejercer el derecho a voto, como la licencia de conducir, el pasaporte o el permiso para portar armas.
Esta normativa, recurrida por el Departamento de Justicia de Estados Unidos y por grupos civiles, aparta de las urnas a más de 600.000 personas que no disponen de un documento de identificación con foto, la mayoría hispanos y afroamericanos.
Los legisladores republicanos defienden que la norma fue promulgada para prevenir el fraude electoral, pero los demócratas insisten en que solo pretende negar el voto a minorías que suelen decantarse de forma mayoritaria por su partido.
La decisión tomada hoy por los magistrados fue suficientemente ambigua para que los dos bandos se dieran por complacidos.
El procurador general de Texas, Ken Paxton, calificó como «victoria» que la ley siga vigente, mientras que la fiscal general de Estados Unidos, Loretta Lynch, se mostró «satisfecha» con el fallo, que reconoce que la norma es «discriminatoria».
El futuro de la ley está ahora en manos del tribunal federal de Corpus Christi, que tiene que enmendar su carácter discriminatorio, aunque los magistrados abrieron la puerta a «invalidar» la norma si durante la revisión considera que, discriminar, era el objetivo de los legisladores. EFE