San José, 2 Oct (Elpaís.cr) – El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), anunció este viernes el rechazo a la solicitud gestionada por la Asociación de Campesinos Ambientalistas Unidos por el Pulmón del Mundo para convocar a un referendo que decidiría la modificación, o no, de la Ley Orgánica del Ambiente.
La modificación que se buscaba era que la Asociación empezara a formar parte de los órganos consultados por el Estado y las municipalidades en la toma de decisiones y acciones de índole ambiental.
En específico, se pretendía incluir la obligatoriedad de la consulta en el artículo 6 de la legislación ambiental.
Sin embargo, el TSE consideró «jurídicamente improcedente» convocar a un referendo para decidir si se aprueba o imprueba el proyecto de ley que cambiaría la Ley Orgánica del Ambiente.
«La iniciativa es discriminatoria pues coloca en posición ventajosa o de privilegio a la Asociación, en relación con la vigilancia y tutela del ambiente, sin que se ofrezca una justificación objetiva y razonable para explicar la situación», sostuvo la institución.
Para hacer la solicitud de referendo, la Asociación de Campesinos Ambientalistas Unidos por el Pulmón del Mundo cumplió el requisito formal de recoger al menos el 5% de las firmas de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral.