Si es usted funcionario o funcionaria ¿Sabe que es el deber de probidad? Si no es así, es momento que lo sepa. Es tan importante, que más que un deber, es un principio rector de la Administración Pública. Siendo que éste se relaciona con la conducta que debe tener todo funcionario, en la cual, se dé un correcto desempeño de su cargo, en aras de la moral y en estricto acatamiento de la normativa vigente, por lo que la falta a dicho principio acarrea el reproche ético y posibles responsabilidades de carácter sancionatorio disciplinario, civil y hasta penal en la Institución que se representa, así es, el servidor público es la cara de la Entidad para la cual labora, de ahí su importancia.
En una interpretación realizada por la Sala Constitucional respecto del artículo 3 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, mediante la resolución 18564-2008, se indicó que éste principio es “un lineamiento que corresponde al régimen de ética … el concepto de probidad establecido en la norma, si bien es amplio, responde a principios ya establecidos para la función pública, sea, a través de la imposición de una pauta de comportamiento, la rectitud en el desempeño de las funciones públicas atribuidas”.
Existe un punto medular que se relaciona con el principio de probidad y que muchos funcionarios y funcionarias (sin generalizar) no logran comprender y es que rige un interés público que debe ser rigurosamente protegido, así lo estimó la Sala Constitucional en su resolución 17741-2012 al indicar que el “interés de la Administración en materia disciplinaria, se asocia estrictamente a las condiciones en que se presta el servicio público, e incluso, la conducta pública y privada del funcionario cuando transgrede el orden interno y los principios que rigen la relación…”
¿A qué se debe esta sutil aclaración? Como funcionaria del Estado, entiendo que mi patrón no es solamente la persona nombrada como mi jefe inmediato, mi jefe, al igual que el suyo, señor, señora funcionario y funcionaria, es cada uno de los usuarios que llegan día a día a realizar gestiones o solicitar colaboración a la Institución para la cual usted trabaja. Sería bueno detenerse día a día a reflexionar sobre ello, usted come y sus hijos tienen una buena educación, gracias al pago que los administrados hacen de sus impuestos, lo que le obliga a dar un buen servicio, por ello también a las personas que laboran para el Estado se les llama “servidores públicos” precisamente, por ese trabajo que requiere garantizar las tareas para las cuales se le pagan, que independientemente de la que sea, la finalidad es garantizar el interés público, servir al usuario es parte de ello, pero servirle bien, con esmero, eficiencia, así como a usted le gusta que le atiendan cuando realiza una diligencia en otra Entidad Estatal o Empresa Privada.
En definitiva, ante la queja constante del administrado, es recomendable para las Instituciones Públicas trabajar en sus proyectos de control interno e implementar programas con el fin de incentivar a los funcionarios a colaborar con eficiencia y eficacia en su labor diaria, si bien es cierto, en muchas Instituciones cuentan con Contraloría de Servicios, la verdad es que, por experiencia propia, muchas veces el usuario se va tan desencantado que hasta quejarse le molesta o le resulta tedioso, lo mejor es utilizar la información y la motivación como paliativo, es decir, evitar el disgusto del usuario, capacitando e informando al funcionario sobre su deber constitucional, haciéndole conocer sus deberes, no solo sus derechos, en la atención que el administrado requiere, dígase desde contestar adecuadamente una llamada, atenderle personalmente con respeto, no actuar indiferente, entender que desde el lápiz que se le da, hasta el escritorio donde labora, no son de su pertenencia, que son bienes del Estado que nos pertenecen a todos, en fin, comprender que la relación funcionario – usuario es simbiótica y que todos necesitamos de los demás para poder sacar el país adelante.
(*) Licda. Susana Rojas Berrocal es Abogada y Estudiante de Maestría en Justicia Constitucional UCR.
¿Pueden los usuarios despedir a un emplaeado publico por incompetencia?
Lo que se menciona en el artículo es como debería ser; es lo correcto. Pero la realidad es otra. Son muchas las instituciones públicas, que no cumplen con su misión; el aparato burocrático, en muchos casos son enormes elefantes blancos, ineficientes, consumidores de gran cantidad de recursos; exiten muchas instituciones que deberían cerrarse, se debería hacer un estado más pequeño y eficiente; pero en un país, donde la corrupción y el clientelismo abarca muchas areas, es verdaderamente un sueño. La carga de inpuestos que pagan los ciudadanos, con el tiempo se volverá una verdadera carga y en un periodo no muy lejano, la economía terminará quebrándose; el destino final que nos espera, es el mismo de Argentina, España o Grecia.
Creo que los servidores públicos deberían tener en sus escritorios , y en lugar visible, la palabra probidad, y hacerla efectiva, como le haría de bién al país
El deber de los servidores públicos es, servir, para eso se les contrata y tienen todas las garantías de ley,no podemos aguantar insultos de los servidores públicos. YO LE HABLO MUY CLARO, CUANDO ALGUNOS TRATAN DE HABLARME GOLPEADO Y DE UNA VEZ LOS PONGO EN SU LUGAR.