Recientemente, en este mismo medio, publicó el señor César Augusto Parral un artículo de opinión titulado “Persecución política en la UCR”, en el que hace una serie de afirmaciones temerarias y alejadas de la realidad.
En términos generales, lo apuntado por Parral parece más una arenga ideológica en la medida en que en su denuncia prescinde absolutamente de datos que den fundamento a lo planteado.
Manifiesta que en los últimos tiempos “ha observado” cómo crece la intolerancia, la arbitrariedad de algunas autoridades, las represalias contra quienes ejercen el derecho a la comunicación, el irrespeto a las garantías laborales, el clientelismo, el amiguismo y los intereses personales y grupales, por encima de los instituciónales. Sin embargo no fundamenta estas serias aseveraciones: ¿Dónde está esa enorme casuística a la que hace referencia en su comentario?
Como jefe de la Oficina de Recursos Humanos, rechazo que haya casos de persecución política en la UCR. Al respecto hay que discernir entre persecución política y conflicto laboral, porque no todo conflicto laboral tiene raíz política.
Lo que sí sucede en la Universidad -y así hay que reconocerlo- es que a pesar de que la estructura organizacional de las unidades de trabajo, especialmente de las unidades acadermicas, fue pensada y diseñada para garantizar la participación democrática de las partes en la toma de decisiones, en algunos casos se flaquea en la implementación de formas eficientes de resolución de conflictos.
Las unidades de trabajo son las llamadas en primera instancia a resolver los conflictos que en ellas se presenten. Cuando la capacidad instalada para resolver conflictos se agota porque las personas no han incorporado en su cultura formas asertivas para afrontarlos y ellos se complican, la Universidad cuenta con un Sistema de Gestión de Conflictos para velar porque cualquier decisión que se tome, por ejemplo en materia disciplinaria, se base en principios de justicia y transparencia garantizados por un respeto estricto al debido proceso.
Los múltiples dispositivos existentes en la Universidad para garantizar el debido proceso se inspiran en fuentes como el Estatuto Orgánico, la Convención Colectiva de Trabajo y el Código de Trabajo. De ellos han nacido normativas y reglamentos como, por ejemplo, el Reglamento de la Universidad de Costa Rica en contra del Hostigamiento en el Trabajo o Acoso Laboral, aprobado por el Consejo Universitario en 2012, con participación de la Oficina de Recursos Humanos y de la Junta de Relaciones Laborales (JRL) que propició la creación de la Comisión Evaluadora de Acoso Laboral (CEAL); el Reglamento de la Universidad de Costa Rica en contra del Hostigamiento Sexual, aprobado en 1997 y reformado de forma integral en el 2013. Ambos están pensados para proteger y salvaguardar los derechos del personal académico y administrativos tanto en propiedad como interino, y de las y los estudiantes. Asimismo, bajo la égida de estas fuentes han nacido instancias encargadas de velar por impartir justicia tales como la Junta de Relaciones Laborales y la Comisión Instructora Institucional.
Por otra parte, con miras justamente a resolver los conflictos laborales de la mejor forma, la Oficina de Recursos Humanos ha implementado una modalidad de gestión en la cual se propicia la apertura de espacios de diálogo entre todas las partes y siempre con la participación de representantes del Sindicato de Empleados Universitarios (SINDEU) como garantes del debido proceso. Para documentar lo anterior, basta con que el señor Parral indague en el Sindicato. En el primer año de gestión realizamos frecuentes sesiones de este tipo para sacar adelante casos que estuvieron mucho tiempo pendientes de resolución y casi todos se resolvieron sin pasar por la JRL. Como resultado de la implementación de esta modalidad de afrontamiento de conflictos laborales, con el paso del tiempo ha disminuido significativamente el número de denuncias y, en consecuencia, la cantidad de audiencias solicitadas por el Sindicato para tratar denuncias interpuestas por funcionarios y funcionarias de la Universidad.
Por otra parte, resulta muy preocupante el comentario fácil del señor Parral en el sentido de que “son tan frecuentes estos casos [de atropello], que algunos se ‘camuflan’ como denuncias ante la Junta de Relaciones Laborales”. La JRL juega un papel muy importante ya que en materia disciplinaria se encarga de vigilar que en todo momento se respete el debido proceso. La JRL es un órgano bipartito compuesto en partes iguales por representantes del SINDEU y de la administración y que goza de total autonomía. Se trata de un órgano en el que con base en evidencias se toman decisiones en torno a un caso disciplinario. Si en este órgano no se llega a acuerdo el caso se lleva a un Tribunal Arbitral integrado por un miembro del sindicato, uno de la administración y una tercera persona electa por las dos partes. Aún si, después de todo este proceso, las personas no están de acuerdo con las resoluciones, pueden apelar ante los Tribunales de Justicia.
El único caso que en los últimos tiempos ha sido calificado por el SINDEU de persecución política, es el relacionado con la toma de Radio Universidad el año anterior por parte de algunos de sus funcionarios. Debido a ese acto, se interpuso una acción de despido de estas personas, la cual está en manos de la JRL. En este caso hay que tener presente que el SINDEU juega el doble rol de juez y parte ya que funcionarios de la Radio miembros de la Seccional del Sindicato participaron en la toma las instalaciones. Como en todos los casos, en este se ha dado el debido proceso de modo que no existe esa persecución política de la que Parral habla.
Finalmente, el señor Parral pone en voz de Flor Artiaga, de la Escuela de Psicología, una afirmación en la que indica que “hay serias violaciones a los derechos laborales de las personas trabajadoras”, lo cual me preocupa profundamente porque esto implicaría que la Universidad estaría incumpliendo las garantías laborales. Al respecto quisiera saber ¿a quién no se le paga el salario en la Universidad, a quién no se le respetan los días de vacaciones ni los derechos adquiridos vía Convención Colectiva, los permisos, las licencias por maternidad, etc.? Según lo manifestado por Parral, pareciera que la UCR caprichosamente concede derechos a una persona y a otras no, cuando la realidad es que los derechos laborales en esta Universidad se respetan en todos sus extremos.
Invito al señor Parral a que no se esconda en el confort de la generalidad y que se anime a denunciar uno a uno, y sobre la base de hechos concretos debidamente documentados, los “frecuentes” casos en los que se irrespetan los derechos laborales de las personas que trabajan en la Universidad de Costa Rica. Cuente el señor Parral con la certeza de que cualquier caso debidamente documentado de atropello a los derechos laborales será sometido, respetando en todo momento el debido proceso, a una investigación rigurosa cuyos resultados serán el insumo para la toma de decisiones. Quedo en espera de que el señor Parral nos haga llegar la lista con los nombres de las personas que están sufriendo las experiencias de maltrato que denuncia en su artículo de opinión.
(*) Carlos Arrieta, Jefe Oficina de Recursos Humanos