En una sentencia emitida este lunes, la justicia española afirma que la decisión de la JEC «no es conforme a derecho».
La JEC decidió el pasado 29 de abril no permitir a Puigdemont y a dos antiguos integrantes de su gobierno también huidos fuera de España (Toni Comín y Clara Ponsatí) ser candidatos después de que el Partido Popular y Ciudadanos presentaran una denuncia en la que alegaban que debían ser excluidos del proceso electoral por estar «en rebeldía procesal»
Los tres huyeron de España para evitar ser juzgados en la causa donde se investiga la posible comisión de delitos de rebelión, malversación y desobediencia en relación con el proceso político que llevó al referéndum unilateral del 1 de octubre de 2017, una consulta convocada por el Gobierno catalán del que formaban parte.
El pasado viernes la Fiscalía se pronunció contra de la decisión de la JEC al considerar que «no ajustada a derecho» porque «vulnera el derecho fundamental de sufragio pasivo».
Además, este domingo el Tribunal Supremo se declaró incompetente para decidir sobre el caso, pero emitió una opinión afirmando que los tres líderes independentistas tienen derecho a ser candidatos pese a su situación ante la justicia española.
Este lunes, el juzgado de Madrid encargado de tomar la decisión final decidió hacer suyos los argumentos del Tribunal Supremo para finalmente permitir la candidatura de estos tres líderes independentistas, que se presentan bajo la plataforma Lliure Per Europa (Libres por Europa). (Sputnik)