viernes 29, marzo 2024
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¿Qué es la autonomía universitaria?

En muchas sociedades, la academia ha sido protegida, incluso en la Antigüedad clásica y en culturas no occidentales. En épocas más modernas, la autonomía universitaria fue enunciada, a principios del siglo XIX, por Guillermo de Humboldt, cuando, junto con otras personas, fundó la Universidad de Berlín.

Decía este erudito alemán que la sociedad se beneficiaría más de la universidad si ella fuera libre y pudiera desempeñarse sin la injerencia del Estado, la religión o la política.

El desarrollo del conocimiento, el avance científico y tecnológico, así como la innovación social y cultural requieren de condiciones de libertad para otorgarle a la sociedad sus mejores propuestas.

En América Latina, estas ideas cobraron vida gracias a la Reforma de Córdoba de 1918 y, años más tarde, la autonomía universitaria ingresó a la legislación costarricense mediante el artículo 4 de la Ley 362, publicada en la Gaceta Oficial del jueves 29 de agosto de 1940.

Esta ley, con algunas modificaciones, fue reconocida por la Constitución Política de 1949, la cual rige hasta nuestros días.

El artículo 84 de nuestra Carta Magna reza así: “La Universidad de Costa Rica es una institución de cultura superior que goza de independencia para el desempeño de sus funciones y de plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, así como para darse su organización y gobierno propios…”.

Como puede verse, la autonomía universitaria se encuentra claramente definida. Les otorga a las universidades públicas estatales independencia en el desempeño de sus funciones y plena capacidad jurídica. Además, les garantiza el derecho a organizarse, administrarse y regularse a sí mismas, sin interferencias de grupos o sectores externos, así como a emplear sus recursos de acuerdo con sus propias decisiones, pero dentro del marco establecido por la misma Constitución Política y los límites que señalan las leyes pertinentes.

La autonomía universitaria se estableció como un rasgo distintivo de países libres y democráticos, precisamente para desarrollar la educación superior pública y hacerla consonante con las necesidades de la sociedad como un todo.

Las universidades públicas estatales han sido así la columna vertebral del progreso social, económico y cultural de muchos países del mundo, siempre y cuando hayan mantenido su libertad frente a intereses particulares de sectores económicos y políticos.

En nuestro país, la Sala Constitucional se ha manifestado sobre los alcances de la autonomía universitaria.

La sentencia de la Sala Constitucional No. 1993-01313, del 26 de marzo de 1993, es clara al manifestar que “las universidades del Estado están dotadas de independencia para el desempeño de sus funciones y de plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, así como para darse su organización y gobierno propios.

Esa autonomía, que ha sido clasificada como especial, es completa y, por esto, distinta de la del resto de los entes descentralizados en nuestro ordenamiento jurídico”.

Nótese que la Sala Constitucional subraya dos aspectos fundamentales: la autonomía es especial y es diferente a la de las instituciones descentralizadas, léase instituciones autónomas, a las cuales nuestra Constitución Política les dedica un capítulo aparte, a saber el título XIV.

La Sala Constitucional también manifestó que la Universidad, como centro de pensamiento libre, debe y tiene que estar exenta de presiones o medidas de cualquier naturaleza que tiendan a impedirle cumplir sus fines y propósitos.

La autonomía universitaria no significa que las universidades estatales sean “repúblicas independientes”, ni un estado dentro de otro estado.

La autonomía no significa aislamiento ni actuar al margen del ordenamiento jurídico; al contrario, es una forma de vínculo socialmente responsable y comprometido con el bien común de toda la sociedad.

(*) Henning Jensen Pennington, Rector de la Universidad de Costa Rica y Presidente del Consejo Nacional de Rectores (Conare)

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5 COMENTARIOS

  1. Estamos de acuerdo en parte de su exposición.Lo que no nos dice y donde viene el problema, es con el abuso que hacen los jerarcas de la universidad con los dineros que aportamos los costarricenses para esos entes de enseñanza.Los sueldos, los privilegios, las pensiones son totalmente fuera de la realidad costarricense.No solo ello sino que el mayor porcentaje de esos dineros que el estado a través de todos nosotros contribuye no va a la educación y apoyo de estudiantes ,sino claramente a aquellos que han hecho su modus vivendi la universidad.Se escudan, se refugian para no acatar y ser parte de una situación fiscal que a todos nos compete y que debemos aportar.
    Han acabado con el empredurismo,haciendo que el 65 % de sus estudiantes aspiren a lo mas fácil :ser burócrata ,empleado publico, lo que erosiona la base de productores, generadores de riqueza,que son los que aportan el dinero para la manutención de esas «republicas independientes».
    Un escrito para tontos del rector de nuestra querida universidad.

  2. Nadie contradice lo que dice este señor. Que las universidades tengan su gobernanza bien establecida y se les ayude y proteja, está en el ánimo de todos. Pero que tiene que ver eso con los abusos salariales,de todo tipo y tamaño que se recetan las universidades con la plata del resto de costarricenses? Ese Rector sabe muy bien eso, pero como es proclive a los beneficios incorrectos, para el y los suyos, entonces sale con esas cantaletas, que repite una y otra vez. Y para que no queden dudas : para los académicos brillantes, esforzados, comprometidos, deberían de existir los más altos reconocimientos salariales imaginables. Esos le dan brillo a la institucion y al país. Pero porque un chofer o un conserje deben de ganar como esos? O porquè hay que rajarse con un auditorio o una plaza de otro mundo?

  3. Aun abusado de su autonomía asignándose es sus sistema salarial y de privilegios beneficios escandalosos y desmedidos y los rectores de las U publicas no han tenido dignidad ni moral para ordenar esto.

  4. Los SALARIOS EXCESIVOS de los que trabajan en las Universidades Deben ser estudiados y llevados a niveles que esten en concordancia con sua empleos (Dirigentes, Profesores, Cientificos, Funcionarios, Administrativos, Empleados de Servios, etc.). BAJO NINGUN CONCEPTO DEBEN DEJAR QUE LAS UNIVERSIDADES PIERDAN SU AUTONOMIA; SI ESO LLEGASE A OCURRIR; EL ESTADO PASARIA A SER DUENO Y SENOR DE TODAS LAS ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS: PLANES DE ESTUDIO, NORMAS SALARIALES, IDEOLOGIA Y COMO SI FUERA POCO, FORMACION y DESTINO DE LOS GRADUADOS. No les quepa dudas, que SI PIERDEN LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA, YA ESTARIAN VIVIENDO EN UN SISTEMA DE GOBIERNO TO0TALITARIO: EJEMPLO LA TIRANIA DE LOS CASTROS EN CUBA. Esten alertas.

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