miércoles 29, noviembre 2023
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Organización conservadora de Perú quiere prohibir el aborto terapéutico

Lima, 22 jun (Sputnik).- La organización conservadora peruana Centro Jurídico Santo Tomás Moro solicitó mediante una demanda judicial que se declare inconstitucional el Protocolo de Aborto Terapéutico, dijo a Sputnik su presidente, el abogado Alberto González.

“El aborto terapéutico (aquel que se practica cuando existe riesgo grave para la salud de la madre) para nosotros es una conducta prohibida (…) y estamos pidiendo que su protocolo de aplicación sea retirado del ordenamiento jurídico por ser inconstitucional”, afirmó González.

La interrupción voluntaria del embarazo está prohibida, pero el Código Civil estableció en 1924 como no punible el aborto terapéutico, pues se trata de salvar la vida o la salud de la madre.

Sin embargo, tuvieron que pasar muchos años para que esta norma se regulara mediante un protocolo que estableció las condiciones para su práctica.

El Protocolo de Aborto Terapéutico fue emitido en 2014 por el Ministerio de Salud.

En agosto de 2018 el Centro Jurídico Santo Tomás Moro presentó una demanda de acción popular para declarar el protocolo como inconstitucional.

“Es una demanda de puro derecho porque lo que se está denunciando es que no se puede regular conforme a derecho un acto ilícito. El aborto, en todas sus formas, se encuentra punido en nuestro país, significa que es un acto ilícito y, por lógica jurídica, si estamos frente a un acto ilícito, este no puede ser reglamentado”, explicó el abogado sobre su demanda.

González alegó que “la norma establece que no es punible, pero eso no hace que sea legal”.

“Lo que hizo el Código Civil fue declarar que la conducta del médico que tenía que recurrir a proteger la vida de la madre sobre el niño en aquella época (1924) no era punible, pero la conducta seguía siendo prohibida”, insistió.

Por tanto, el asunto de la demanda es de “hermenéutica jurídica”, es decir de “saber interpretar el derecho”, pues para el Centro Tomás Moro el aborto terapéutico “sigue siendo delito, solo que no es sancionable”.

La demanda presentada ante la Primera Sala Civil de Lima señala que el protocolo del Ministerio de Salud viola la Constitución al reglamentar un supuesto delito que vulnera derechos fundamentales.

El inciso 1 del artículo 2 de la Constitución señala que “toda persona tiene derechos a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece”.

Para la organización conservadora, el concebido, en cualquier etapa, es sujeto de derecho.

González indicó que no se está buscando que se modifique la norma del Código Civil sobre el aborto terapéutico, pues eso solo lo podría hacer el Congreso.

“Lo que estamos exigiendo es que, considerando que el ordenamiento jurídico prohíbe el aborto en todas sus formas, se mantenga lo que está en el ordenamiento jurídico. La demanda pide solamente la declaración de inconstitucionalidad de ese protocolo”, dijo.

El Poder Judicial estudiará el asunto en agosto próximo en una sesión en donde los abogados de las partes, a pedido de la sala, expondrán sus puntos de visto respecto de la demanda. (Sputnik)

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