viernes 19, abril 2024
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Debe revocarse la resolución de SETENA que habilita la actividad piñera en perjuicio del humedal Térraba-Sierpe y el Patrimonio Arqueológico Nacional

Las suscritas organizaciones y personas, constituyentes de la Alianza Nacional para la Defensa del Agua, el Frente Nacional por la Protección de los Humedales y de la Red Centroamericana de Acción del Agua (FANCA), conscientes de la situación que se desenvuelve con motivo de la resolución N° 3374-SETENA dentro del expediente PROYECTO CENTRO DE CULTIVO E INSTALACIÓN, AJUSTE O ACONDICIONAMIENTO DE LAS OBRAS UNIDAD PRODUCTIVA PALMAR SUR. EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N° D1-18758-2016-SETENA a la luz de la normativa ambiental y del patrimonio arqueológico del país y de los compromisos adquiridos por el país ante el cambio climático, manifestamos considerando que:

1. El Humedal de Térraba-Sierpe es un área silvestre protegida del sistema nacional de Áreas de Conservación de alta y estratégica importancia social y ecológica. Desde el año 1995 fue declarado sitio RAMSAR. Es el mayor humedal estuarino de nuestro país conteniendo ecosistemas de manglares y otros tipos de humedales asociados. Es por ello uno de los sumideros de carbono azul más importantes en la zona costera. Asimismo, este ecosistema costero alberga una amplia biodiversidad, es hábitat de diversas especies de alto valor ecológico y de 9 especies de fauna amenazadas o en peligro. Es también una barrera natural a eventos hidrometereológicos como tormentas y huracanes.

2. El humedal forma parte del paisaje cultural Delta del Diquis sitio de patrimonio mundial que reconoce la singularidad del proceso de desarrollo llevado ahí desde tiempos precolombinos. Gracias a los esfuerzos y trabajo para su protección se ha logrado determinar que es uno de los centros de ocupación precolombina más importantes de América Latina con una cultura distintiva. Contiene el megasitio de Palmar Sur-Sierpe por la gran extensión del yacimiento arqueológico, caracterizado por la presencia de grandes montículos con muros de piedra, basamentos habitacionales, caminos empedrados, cementerios con ricas ofrendas y densos depósitos cerámicos y líticos distribuidos a lo largo de casi 900 has. Posee también campos abiertos o plazas donde se ubicaban esculturas de gran tamaño en forma de esferas casi perfectas colocadas en grupos, así como estatuas antropo y zoomorfas de base de espiga

3. Hoy día al menos 44 comunidades vulnerables socialmente dependen de sus servicios ecosistémicos en los sectores de Sierpe, Cortés, Coronado y el Humedal propiamente dicho. El CINPE-UNA estimó en el año 2017 el valor monetario de los servicios ecosistémicos del humedal en un promedio de $17.084 por hectárea por año para un valor promedio superior a los $380 millones por año en beneficio de esas comunidades y de todo el país.

4. La Política Nacional de Humedales 2017-2030 definió la cuenca y al Humedal Térraba-Sierpe como una de las áreas en condiciones de mayor vulnerabilidad y, por lo tanto, de prioridad alta de intervención (valor 3) para la aplicación de la política buscando la gestión de la conservación y uso sostenible de los ecosistemas de humedal.

5. La Política Nacional de Biodiversidad 2015-2030 contempla como principios de implementación que la biodiversidad es patrimonio del Estado y, por lo tanto, debe existir una distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su uso y sus servicios ecosistémicos. Asimismo, la gestión de la biodiversidad es una responsabilidad compartida, aunque diferenciada de toda la sociedad buscando alcanzar la sostenibilidad y el bien común.

6. La Política Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2018-2030 reconoce el mandato legal de Costa Rica, dado el papel de los humedales de importancia internacional como importantes sumideros de Gases de Efecto Invernadero, para su manejo eficiente evitando asimismo impactos en materia de recarga de acuíferos y protección costera. Así, establece como meta país para el año 2030 la contribución a la adaptación mediante los esfuerzos país en materia de conservación in situ de los humedales.

7. El Plan Nacional de Descarbonización 2018-2050 en su eje 10 busca la consolidación de un modelo de gestión de territorios rurales, urbanos y costeros que facilite la protección de la biodiversidad, el incremento y aumento de la cobertura forestal y servicios ecosistémicos a partir de soluciones basadas en la naturaleza.

8. Hoy en día, el país ha adquirido compromisos sustanciales específicos con la cooperación internacional respecto a la conservación y uso sostenible tanto del Patrimonio Cultural del delta del Diquís como del Humedal Nacional Térraba Sierpe con aportes económicos sustanciales de naciones amigas como Francia y Alemania.

9. Según el reciente Informe del Estado de la Nación: “La expansión piñera en el país, que ha convertido esa actividad en una de las más dinámicas del sector exportador, ha estado relacionada, en ciertas zonas, con invasión de riberas de ríos, zonas protegidas y ecosistemas sensibles.” Según el mismo informe, Costa Rica ha perdido espacios de humedales que son esenciales en el ciclo hidrológico e hidrosocial.

10. Que no hay claridad de que, para este proceso, la institucionalidad del Ministerio de Salud y de Agricultura hayan sido tomadas en cuenta para los procesos de monitoreo y control del uso de plaguicidas en estas zonas de alta vulnerabilidad.

11. Que en la resolución recurrida se ha presentado por parte de SETENA la inobservancia del artículo 175 de la Ley General de la Administración Pública al declarar extemporáneo el recurso de revocatoria con apelación subsidiaria e incidente de nulidad absoluta, evidente y manifiesta contra la Res. 2331-2016, en tanto la viabilidad de la licencia ambiental se categoriza como un acto de efectos continuados.

12. Que la resolución asimismo viola el principio de legalidad y de debido proceso por incumplimiento de los artículos 158 y 173 de la Ley General de la Administración Pública y, asimismo, el principio precautorio de pleno reconocimiento en nuestra legislación y jurisprudencia ambiental. SETENA reconoce no tener los criterios técnicos suficientes para determinar si lo procedente es iniciar un proceso de lesividad o sanear el acto en cuestión, reconociendo que algunas instituciones se encuentran pendientes de emitir su criterio sobre dos aspectos medulares: a) la compatibilidad o no de la actividad piñera de monocultivo con la conservación de un ecosistema de humedal y b) la relevancia de los hallazgos arqueológicos dentro del área en la que se desarrollaría el monocultivo.

Por tanto, solicitamos firme y respetuosamente:

1. Con vista del recurso de apelación planteado ante esta resolución, nos unimos al llamado de que la instancia de alzada haga una revisión minuciosa del criterio otorgado al proyecto de la Hacienda doña Victoria, con 600 hectáreas desde Palmar Sur hasta Olla Cero, poniendo en la balanza los criterios expresados y el interés público que está en juego.

2. En igual sentido, solicitamos al Ministro de Ambiente, Carlos Manuel Rodríguez, que, en apego a la tradición de la política ambiental nacional de respeto y protección de nuestros recursos naturales, declare con lugar el recurso de apelación planteado.

3. Con plena conciencia de la necesidad de oportunidades de trabajo en estos territorios, solicitamos a las autoridades de gobierno correspondientes y a los gobiernos locales incrementar decididamente sus esfuerzos por lograr garantizar empleos en el marco de la producción ambientalmente sostenible y socialmente inclusiva, reduciendo los riesgos a la salud de las personas y de los ecosistemas.

Bernardo Aguilar González, Fundación Neotrópica

Eva Carazo Vargas, Frente Nacional por la Protección de los Humedales

Rocío Carranza Maxera, Frente Nacional por la Protección de los Humedales

Vanessa Dubois Cisneros, FANCA

Jorge Mora Portuguez, ARCA

Cynthia Hernández Gómez, Representante Unidad de Gestión Ambiental, Vicerrectoría de Administración UCR

Irene Murillo Ruin, CEDARENA

Catalina Vargas, Observatorio de Agua y Saneamiento Universidad Estatal a Distancia

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4 COMENTARIOS

  1. Como siempre sucede en varias partes del mundo, los grandes intereses económicos acomodan los asuntos a su conveniencia; el «proyecto hidro-eléctrico DIQUIS», fue cerrado porque afectaba esas zonas, entonces para la actividad piñera no debe ser diferente. Desde mi punto de vista, las piñeras vienen a ser más perjudiciales para el ambiente, que el proyecto hidro-eléctrico.

  2. Charlie, a ver si se pone las pilas. Y deja de actuar como si fuera su gobierno tan pro piñero como el de Laura Chinchilla y el de Oscar Arias juntos. Da lástima ver que los daños de la piña no son atendidos y que ahora autorizaron sembrar 600 hectáreas más sin haber resuelto ninguno de los problemas que genera la piña en Costa Rica. En un sitio Ramsar además!!!!!

    Mandagüevo Charlie, sía tan payaso!

  3. Hay que demostrarle a quienes manejan los hilos de SETENA y a sus títeres que no pueden hacer lo que les da la gana en función de la maximación de ganancias. Hay que hacerles un plantón como se hizo 1 o 2 años atrás. De lo contrario esto va a pasar desapercibido y luego será el llanto.

  4. Unos cuantos creyendose ser dueños olvidandose de que son servidores publicos cometen atrocidades por unas cuantas pesetas vendiendo nuestro patrimonio. A denunciarlos con nombre y apellidos.

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