viernes 29, marzo 2024
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La licencia ambiental de la piñera del sur y Setena

Dadas las interrogantes sobre el actuar de la SETENA entorno a la viabilidad del proyecto, considero oportuno, como asesor de la Federación Costarricense para la Conservación del Ambiente (FECON), de hacer algunas breves aclaraciones y dar a conocer 10 aspectos clave.

PRIMERO: La empresa Corporación de Desarrollo Agrícola Del Monte, solicita el 15 de noviembre del 2016 que se apruebe un proyecto de simple cambio de cultivo de teca a piña y que se ajuste en cuanto a obras complementarias. La licencia sin contratiempos, se aprueba el 15 de diciembre del 2016. Es decir, todo ello ocurre en un tiempo record para la misma SETENA de menos 30 días hábiles.

SEGUNDO: La obra, en apariencia simple por su título, implicaba nada más y nada menos que: cambiar la teca sembrada por piña en una extensión de siembra de 494,4 ha. de un total de 600.2 ha. También implica la construcción de las siguientes obras: red vial, pasos de agua, sistema de riego, mini- predios de carga, plantel (bodegas, oficina, taller, área de asepsia, estacionamiento de maquinaria, estructura para tanques de agua y de fertilizantes líquidos, consultorio médico, comedor, caseta de seguridad, depósito para residuos. Quienes trabajan en valoración ambiental sabrán que ello no es un proyectito sin pormenores, sino uno de gran envergadura, incluso podría ser considerado como un MEGAPROYECTO.

TERCERO: Además, se tenía claro que existían 9 sitios arqueológicos y 3 sitios catalogados como humedales. El Reglamento General de SETENA por ejemplo, en su Anexo N° 3 incluye un listado de Áreas Ambientalmente Frágiles, para las cuales el régimen de uso antrópico requeriría de un control especial referente a la evaluación de impacto ambiental y, entre dicho listado, se incluyen los HUMEDALES.

CUARTO: Dadas las obras, sitios arqueológicos, la extensión, los humedales, los agroquímicos detallados en el expediente,  fueron aspectos que DEBIERON sugerir a los técnicos medianamente capacitados de SETENA, que lo prudente era pedir un ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL integral de las 600 ha, pero contrario a ello, se dispuso tamizarlos con un simple “plan de gestión ambiental”, donde todo se valora simplonamente. Las normas de la misma SETENA exigían un ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL COMPLETO, pero en el 2016, la Comisión Plenaria consideró, en menos de 30 días hábiles, que no hacía falta. Lo anterior significó que la parte arqueológica no se valorara como debía ser y más bien se autorizó seguir adelante, tampoco interesaron los sitios de humedal considerados de alta fragilidad, ni que son tomados como áreas interés ambiental relevante por la Ley Orgánica del Ambiente. No hubo exigencias para relacionar el cambio del paisaje, impacto al entorno, afectación con agroquímicos a mantos acuíferos o al humedal Térraba/Sierpe ubicado a 5 km de distancia, violentar el derecho de información, ni la participación ciudadana.

QUINTO: En cuanto al estudio socioeconómico, visible en los folios 292-275, se indica que en el cantón de Osa había una población de aproximadamente 29 433 personas. En ese estudio realizado por el sociólogo se señala que la muestra de percepción social, se hacía por simple encuesta y no entrevista y que la misma se pasó a tan solo 18 personas, es decir, con el 0.06% de la población del cantón. Las normas de SETENA, obligaban a un estudio de percepción utilizando entrevistas a una población representativa, pero ello fue dejado de lado. Incluso se saltaron desde SETENA la normativa que obligaba a hacer una inspección al proyecto, pues señalaron en la licencia otorgada que con solo las fotografías aportadas por los consultores era suficiente.

SEXTO: Siendo una licencia express, ni FECON, ni nadie, se enteraron, dentro de los tres días siguientes al otorgamiento de la misma, por lo que fue imposible cuestionarla por la vía de un recurso de revocatoria con apelación que era lo prudente. En el 2017, al dictarse una resolución de la cual unos vecinos habían informado de lo que venía, fue cuando se presentan en tiempo los recursos y las nulidades. Fue en este 2017 donde inicia mi participación contra el proyecto, que opté por pedir adicionalmente a los recursos, que la Administración valorara emitir una declaratoria de lesividad de la viabilidad. Sépase que una lesividad, puede ser declarada, por la misma Administración Pública, cuando se percata de que existen aspectos de fondo y un interés público, que no se valoraron oportunamente y esta conlleva a anular la licencia.

SEPTIMO: En ese 2017, ante el ocultamiento de información dicho del 2016, el MUSEO se entera por la prensa de lo ocurrido y elabora un criterio donde le señala a la SETENA los errores en lo arqueológico y lo presenta al expediente. Les recuerda a SETENA, que existen muchas inconsistencias y que la finca TOTAL debe ser valorada con un estudio de impacto arqueológico y no lo que hizo la empresa, puesto que hubo muchísimas áreas dejadas de lado. El MUSEO le recuerda a SETENA que debieron haberles dado parte desde el 2016, pues así lo exige la ley, pero ello tampoco ocurrió. El MUSEO estima que solo se valoró el 9.3% del proyecto.

NOVENO: Para este noviembre se dicta la resolución 3374-2019-SETENA, rechazando todo, hasta la posibilidad de declarar la lesividad. Lleva razón SETENA en que el recurso de revocatoria contra la licencia del 2016 es extemporáneo, pero recordemos que nunca hubo posibilidad de reclamarlo antes, pues la licencia fue express y en la modalidad de bajo perfil, por haberse escogido un Plan de Gestión Ambiental. Sin embargo, ello no limita atar todo a la resolución del 2017 y a la situación actual. Es decir, que la licencia podía y puede ser declarada como absolutamente nula también. Pero SETENA ha fungido a la fecha como defensora el proyecto alegando que la empresa debe tener seguridad jurídica y no midiendo que se saltaron normas propias de los procedimientos de evaluación ambiental. Es claro, en todo caso que si se hubieran hecho las cosas correctamente y SETENA hubiera obligado a hacer un ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL INTEGRAL, se habría tenido que hacer una audiencia pública con la publicidad del caso dando a conocer todo el proyecto a la sociedad civil, pero ello no iba a ocurrir, pues todo aparenta  y aparentaba a la fecha, que desde SETENA defendían y defienden el proyecto. Hoy en día, a pesar de que los recursos NO suspenden las validez y la eficacia de las licencias ambientales, que se presumen como bien otorgadas, desde SETENA se ordenó la suspensión de la licencia del 2016 por la peligrosidad de daños al patrimonio arqueológico y al ambiental ante nuestros recursos. Es claro que la lesividad podría acarrear responsabilidades económicas al Estado, pero saben  que existen errores MUY SERIOS en todo el procedimiento y por ello ahora estamos a la espera de que el Ministro diga lo pertinente a las gestiones presentadas.

DECIMO: La situación trae muchas dudas como se aprecia. ¿Por qué en SETENA autorizaron de forma express un proyecto tan complejo? ¿Por qué en SETENA no aplicaron su propia normativa para disponer que era un estudio de impacto ambiental y admitieron un simple plan de gestión ambiental? ¿Por qué no revocaron en este 2019 todo y contrario a ello dicen que no existen elementos de fondo que ameriten aceptar los recursos? ¿Por qué, si la normativa de SETENA exigía una valoración social amplia sobre la percepción a la población, que era de más de 25 mil personas en el cantón, se admitió que con solo que se le pasara un cuestionario a 18 individuos era suficiente? ¿Por qué, si el MUSEO desde el 2017 aportó su criterio de valorar todas las fincas del proyecto, en el 2019 dicen en SETENA que se está a la espera de lo que el museo se pronuncie? ¿En manos de quién estamos en SETENA? ¿Es SETENA una oficina que valora lo precautorio, o por su personal se convirtió en ente político que simplemente emite permisos?

(*) Alvaro Sagot R. Abogado.

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5 COMENTARIOS

  1. Tremendo reportaje legal informative, Don Alvaro.
    En Setena se solicito una constancia (un pinche papel) de una viavilidad ambiental ya aprobada. El Setena duro mas de tres (3) meses para Darla. Quizas si hubieramos ofrecido algo se hubiera movido tipo express.
    Nosotros no fomentamos la posible corruption.

  2. Permiso express para la piña. Me recuerda también a la Setena aprobando Crucitas, también en medio diciembre. Un permiso otorgado en tiempo record a partir de la segunda semana de diciembre es señal de que lo que hay es una fuerte presión política o un chorizo inmundo en Setena.

    Gracias don Alvaro por ser este valiente abogado costarricense del que tanto nos enorgullecemos. No alfojen!

  3. EL CONTUBERNIO POLÍTICO-ECONÓMICO EN SU MÁXIMA EXPRESIÓN. SETENA COMO SUTEL-ARESEP-ELECTRICIDAD-TELECOMUNICACIONES, ETC., SON ÚTILES FACILITADORES PARA LIQUIDAR COSTA RICA.

  4. Sería bueno conocer los nombres y caras de los «funcionarios públicos» que con tan extremadamente inusual rapidez facilitaron esos permisos, hacernos como un archivo de corruptos para ir conociendolos y ver cómo los cambian de puesto sus amigotes una vez cumplidas sus funciones, así vamos sabiendo y quiénes y cuántos son esos parásitos que se mueven por la burocracia nacional. Tal vez nos ayude a escoger sólo presidentes y diputados que no sean parte de esa mafia. Gran artículo don Álvaro, por favor no deje de informarnos sus importantísismas labores.

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