viernes 29, marzo 2024
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Trabajadores independientes: El cobro que hace la CCSS es ilegal, confiscatorio y desproporcionado

En la actualidad a más de 6.500 trabajadores independientes la Caja Costarricense del Seguro Social les esta cobrando planillas adicionales amparados en una solicitud de su Junta Directiva al departamento de Inspección de Leyes de la misma institución, todo por un cambio de criterio de interpretar la ley.

La CCSS se fundamenta en criterios a todas luces ilegales, violentado principios básicos del derecho como de irretroactividad de las leyes, prescripción, reserva de Ley, principios de legalidad, constitucionalidad proporcionalidad y razonabilidad. 

Un grupo de trabajadores independientes afectados son los abogados y notarios quienes ejercen la profesión independiente, y a quienes les están haciendo cobros totalmente ilegales y confiscatorios en algunos casos de hasta 13 años para atrás, violando principios como de no retroactividad de la ley, prescripción,  legalidad y proporcionalidad de la ley.

Ante esta situación existe un sinnúmero de proceso legales presentados de orden constitucional, legal, laboral y administrativo, así como importantes opiniones jurídicas de connotados juristas nacionales que validando la posición de los Trabajadores Independientes.

 

  • ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD PRESENTADAS Y MAS DE 1.500 COADYUVANCIAS INTERPUESTAS QUE DAN APOYO A ESTAS ACCIONES ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL MÁS ALTO DEL PAÍS. 

 

Existen 2 acciones de INCONSTITUCIONALIDAD PRESENTADAS Y ADMITIDAS para su estudio ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia misma que se tramita bajo el expediente número: 18-004106-0007-CO, esta acción pretende que se declare la inconstitucionalidad del artículo 3 de la Ley Constitutiva de la CCSS, y los artículos 1 y 2 del Reglamento para la afiliación de los Trabajadores Independientes, proceso que fue interpuesto por el COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA.  

La otra Acción de Inconstitucionalidad también admitida dirigida contra las Escalas contributivas de los Trabajadores Independientes y asegurados voluntarios aprobadas por la Junta Directiva tramitada bajo el expediente número: 17-011922-0007-CO.

Cabe mencionar que la acción de inconstitucionalidad registrada bajo el número18-004106-0007-CO  fue presentada por el Dr. Rubén Hernández Valle, reconocido jurista especialista en derecho constitucional.

 

  • OPINIONES JURIDICAS DE CONNOTADOS JURISTAS NACIONALES EN CONTRA DE LA ACCIONES DE COBRO DE LA CCSS.

 

El reconocido y connotado jurista nacional Dr. Adrián Torrealba Navas  ante la comisión de derecho tributario del Colegio de Abogados realizo un valioso e importante informe que señala la ilegalidad de las acciones de la CCSS. Su informe evidencia como la Caja genera diferencias de cobro pues a un asalariado paga por su seguro 10.34% mientras que a los independientes hoy se les cobra hasta un 21%, lo cual deja ver la ilegalidad del cobro, por ser desigual, retroactivo lo que evidencia que las acciones cobratorias son ilegales, confiscatoria y abusivas. (ver artículo en el periódico la Nación EXTERMINIO DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES, por el Dr. Adrián Torrealba Navas. 

 

  • SOBRE LAS DEMANDA ANTE LOS TRIBUNALES CONTENCIOSOS PRESENTADAS EN CONTRA ESTA ACCIÓN ILEGAL DE LA CCSS

 

En este mismo sentido muchas abogados y trabajadores independientes han acudido a interponer sendos procesos contenciosos administrativo en contra el acto administrativo de cobro realizado por la CCSS, cuestionando la legalidad de sus acciones, se estima que hay cerca de 75 proceso pendientes de resolución ante los Tribunales de lo Contencioso discutiendo este mismo tema.

 

  • PROCESOS DE REVOCATORIA Y APELACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO ANTE LA CCSS

 

Se estima que cerca del 80% de los trabajadores no asalariado incluyendo abogados, tiene saturado las direcciones de inspección judicial del país y la gerencia de pensiones, quien es el órgano que resuelve el recurso de apelación, pues hay presentados hoy cerca de 5.000 mil proceso de apelación contra el acto de cobro ilegal de la CCSS, por ellos los proceso están tardando de uno a dos años en resolverse por la cantidad de expedientes que se tramitan, lo que evidencia que existe una arbitrariedad por parte de la institución.

 

  • DISCUSIÓN EN LA ASAMBLEA LEGISLATIVA SOBRE EL TEMA

 

Dada la situación de incerteza e inseguridad jurídica que se ha generado sobre las acciones de cobro realizadas por la CCSS, hoy en el congreso hay toda una discusión sobre el tema, y existen algunos proyectos de ley tendientes a resolver el tema en definitiva, sobre el particular se puede destacar el proyecto del diputado Pedro Muñoz, Ley del Trabajador independiente, Número 21.434 que en su exposición de motivos reconoce mucho de lo que todos los recursos y acciones legales indican: 

1-       Que en la actualidad no existe una normativa adecuada para regular lo relativo al pago de las cuotas de seguridad social de los trabajadores independientes, pues los criterios utilizados para determinarlas son arbitrarios y sujetos a constantes cambios reglamentarios.

2-       Que  los  trabajadores  independientes  pagan  cuotas  sumamente  elevadas respecto de los trabajadores asalariados, a pesar de que unos y otros tienen los mismos derechos según la Constitución, los principios y las leyes en materia de seguridad social.

3-       Que la Sala Constitucional, cuya jurisprudencia es vinculante erga omnes según el artículo 13 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, ha establecido que las cuotas de  la  seguridad  social  tienen  naturaleza  parafiscal.  Por tanto, la regulación del cobro y pago de tales cuotas se debe regir por los principios del Derecho Tributario. (el destacado no es del original)

También se conoció recientemente el expediente número 21.552, el cual entre otros temas legisla sobre amnistía de pago solamente se cobraría los últimos 4 años adeudados, rebaja el porcentaje de la cotización y lo lleva a un 10% similar a los asalariados, entre otros aspectos. 

EN CONCLUSIÓN, 

En virtud de todas las acciones legales interpuestas de orden constitucional, legal  e incluso en el ámbito Legislativo, y atendiendo la APARIENCIA DE BUEN DERECHO que tienen todas las acciones presentadas, es decir, que se trata de accionar judiciales serias, que no son temerarias, pues incluso existe acción de inconstitucionalidad interpuesta por el COLEGIO DE ABOGADAS Y ABOGADOS DE COSTA RICA, es que se recomienda a nuestros clientes NO HACER PAGO ALGUNO, sino hasta que los proceso se resuelvan en definitiva, pues si se cancela y los Tribunales nos dan la razón difícilmente se podrá recuperar lo pagado. 

(*) Lic. Adrián Montero Granados, Abogado 

Canet 16540.

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2 COMENTARIOS

  1. Licenciado, así nos sentimos todos cuando nos toca pagar a uno de sus colegas un traspaso de un bien, una certificación, una mortual, etc. Un montón de plata por llenar una plantilla y poner una firma, en un trámite que se podría hacer en una ventanilla del registro sin necesidad de pagarle «comisión» a un tercero por hacer nada.

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