martes 23, abril 2024
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Sobre la problemática del trabajador independiente

La problemática que plantea el llamado  “trabajador independiente” es amplísima, aun desde el enfoque estrictamente jurídico. El artículo de Rubén Hernández, renombrado publicista, provoca a reflexionar. Sin embargo y por ahora, solo abordaremos dos temas concretos.

Primero, el de la sensatez del aseguramiento vinculante. Nótese que ni siquiera nos referimos a su constitucionalidad, sobre lo que ya la Sala dijo. Se trata de su simple racionalidad.

Se les llama “trabajadores”, no siéndolo. Se les llama así precisamente para que huela a sensato afiliarlos vinculantemente a la seguridad social (en cualquier momento se les empuja además el seguro de riesgos del trabajo del INS). Jurídicamente, para los efectos de los seguros sociales obligatorios, fuera de toda la menor duda, trabajo es solo el que está ligado a un patrono. Es el dictado nítido del 73 de la Constitución. Es lo que sale meridianamente del 56 del mismo texto Fundamental.

Todo el mundo, se supone, hace algo para sobrevivir, para financiar sus gastos, el costo de sus necesidades. Si se liga a un patrono, es “trabajador”, para efectos de las garantías sociales. Si produce, independientemente, ejerce el derecho de empresa, no el de trabajo. Puede no serse  trabajador ni empresario  y tener ingresos. La definición que interesa a la Caja es lógicamente la que alcance a todo el universo que no alcanza la de asalariado. La ley del embudo. No se quedarán por fuera ni los que vivan de los intereses que produzcan ahorros. Ni siquiera la (y los) trabajadores del sexo. Ni los tachuelas cuida carros. Ni los vendedores ambulantes.

De meter a los “independientes” en la alforja de todos los asalariados, vienen todos los problemas, algunos sin solución aceptable, como el de sobre qué base cotizarán.

Por supuesto que lo único racional siempre fue el aseguramiento voluntario de todo aquel que no tenía el seguro vinculante. Como ocurre aun con el seguro de riesgos del trabajo.

Segundo, sobre el régimen del aseguramiento obligado de los independientes. Concretamente: hasta donde llega la autonomía de la Caja.

Para empezar, algo atribuido a un ente en condición de obligado y de monopolio no crea, per se, ninguna autonomía especial a favor del ente.

Luego, el 73 de la Constitución, que confiere autonomía a la Caja , dado que esta es excepcional, debe entenderse referida SOLO a la administración y gobierno de los seguros sociales obligatorios administrados por esa institución, que son los de los trabajadores propiamente dichos , a excepción del de riesgos del trabajo. O sea, respecto de OTROS seguros de su administración, no está incluida en ese 73 la misma autonomía especial.

De todos modos, es falso que la autonomía atribuida a la Caja la excepciones de las normas y principios de la Ley General de la Administración Pública (sea del Derecho Administrativo) y del Código Tributario. Por supuesto que un gravamen  a la actividad individual empresaria y de  comercio es un vulgar gravamen para-fiscal, más cuando se cobra al mejor estilo de un impuesto, afectando ingresos o rentas.

A cuento de solidaridad y de categorías de habitantes en situaciones  “de lujo”, el Estado se complace en ver como se les nivela hacia abajo, desalentando completamente cualquier intento de salir de la miseria original. El trabajador independiente no compromete al Estado en su obligación de velar porque todos tengamos trabajo; recibe como recompensa un saco de gravámenes que cada día lo asfixian más. Hasta el IVA acabó pagándolo de su propia bolsa.

La  afiliación obligatoria de los trabajadores independientes a la Caja, más que bienestar social para ese sector, es una fuente de ingresos, de financiamiento público, que cada día como filosofía y en la normativa se refuerza más. No es época para desalentar actividades empresariales.

Es difícil entender a este país. Ciertamente no hay un norte, en nada. Pero sí hay acuerdo en garrotear a algunos. Y también parece estarse “reformulando”  todo el Derecho Público, pero solo a base de desechar todo lo que estorba. La balanza se inclina groseramente solo a favor del sector público.

(*) Mauro Murillo Arias es Abogado

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