jueves 25, abril 2024
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Sobre la autonomía de la CCSS

A propósito del proyecto de reglamentación de los mal llamados “trabajadores independientes”. El meollo del tema es el de los alcances de la especial autonomía de la Caja. La Caja monta la reglamentación basada en la autonomía que le confiere el 73 de la Constitución. Esta norma concierne a los “seguros sociales”, que están conceptuados en el mismo artículo.

El 73 establece “los seguros sociales en beneficio de los trabajadores manuales e intelectuales, regulados por el sistema de contribución forzada del Estado, patronos y trabajadores…” O sea,  los “seguros sociales” son los propios de los “trabajadores”. “Trabajador” es el ligado a un patrono. Es algo demasiado obvio. El trabajador desarrolla la actividad garantizada por la libertad de trabajo (art. 56). El llamado “trabajador independiente” lo que desarrolla es una actividad de empresa y la garantía constitucional  que lo cubre es la de “comercio, agricultura e industria” (art.46).

Había un seguro voluntario, en la Caja, para los trabajadores independientes”. Se creó, por ley, un seguro coactivo. La Sala lo avaló, criterio que no podemos compartir, aunque no quede más que aceptarlo. Pero una cosa es lo que puede encargársele a la Caja y otra es el régimen de todo lo que se le encomiende.

El INS maneja un seguro social, el de riesgos del trabajo. Pero no tiene la autonomía de la Caja. El aseguramiento vinculante de los T.I. ni siquiera es un seguro “social”. Es una simple fuente de ingresos para la Caja.

Lo cierto es que cada cual actúa según le convenga y las instituciones funcionan igual. Mientras la Sala Constitucional no defina el verdadero régimen que corresponde a estas atribuciones “extra” encargadas a la Caja, esta “naturalmente” tenderá a entenderlas con plenitud de autonomía. Y como lo que interesa es los ingresos, más en época pandémica de descalabro financiero, pues entonces a barrer para adentro, a aplicar la ley del embudo. Todo es trabajo, todo es trabajador gravable. Una campesina que vende los huevos  de sus gallinas, es trabajadora independiente. Una citadina que vende helados de palillo, es también trabajadora independiente. Todo es toro, como dijo Rafela cuando un banderillero le clavó la banderilla al toro en la cola. Y todos son T.I. a tiempo completo, aunque sean pensionados y tengan ochenta años, aunque ya tengan seguro directo o familiar, aunque no sean siquiera trabajadores propiamente.

La Caja, además, ha venido entendiendo su autonomía a como mejor le encaje y se autodispensa de buena parte de la normativa general atinente a todos los entes públicos.

En épocas de desmadre económico, de todos modos, no es lo más sensato soltar las ansias de voracidad fiscal, que provocan más evasión de la que se quiere en teoría cortar y desactivan la economía.

Las normas excepcionales, como la de la autonomía de la Caja, que le confiere potestades excluyentes de las del legislador, exigen interpretación restringida. Estas son cosas elementales, dentro de un verdadero Estado de Derecho, si es que todavía queda algo de este. Cuando una ley le agrega una atribución más a la Caja, más allá de lo que dice la Constitución, eso jamás puede entenderse en el sentido de que la Caja tendrá las mismas potestades autonómicas propias del manejo de lo encargado constitucionalmente a ese ente.

Un régimen público sin principios sensatos y ciertos que no sean delegables  y manejables a placer por mera utilidad práctica, sencillamente no vale una peseta.

(*) Mauro Murillo Arias es Abogado

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2 COMENTARIOS

  1. Muy bien presentado.Es simplemente un abuso.A eso agreguele que del 75 al 80 %,permitido por la Conassif,de las inversiones de la Caja van a la compra de bonos emitidos por el estado costarricense.Es decir financia al mismo estado costarricense que es su mayor deudor operativo,que no paga sus cuotas.Es un circulo muy peligroso.

  2. La CCSS y el IVM ya tienen los días contados, están condenados a la quiebra, el que sigue contando con la Caja para su bienestar futuro, debería replantearse su definición de «bienestar», que sus expectativas no le sobrepasen la realidad que le espera.

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