viernes 19, abril 2024
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Las «pensiones de lujo» y los desaciertos de la candidata

La lectura de las declaraciones de la candidata presidencial doña Lineth Saborío, referentes  a  “pensiones de lujo”, publicadas en  La República.net, con fecha 7 de enero de los corrientes, sorprende por el enorme desconocimiento del tema reflejado en las mismas.

Expresa doña Lineth que “las pensiones de lujo serán reducidas en su gobierno”.  Que “…no se justifica que la gran mayoría de los costarricenses financien jubilaciones exageradas para unos cuantos, sobre todo cuando esos exfuncionarios estatales no cotizaron para recibir montos de 7 millones o más”.  También afirma que “las pensiones de lujo socavan las finanzas del país…que enfrentan el déficit fiscal más alto de los últimos 40 años”. Encuentra inaceptable que se gaste más en el pago de pensiones con cargo al presupuesto que en contribuciones al IVM (CCSS),  se compromete a bajar en un 50% el universo de pensiones de lujo, y utilizar el ahorro para fortalecer el régimen del IVM.

Expresiones engañosas

Cuando  doña Lineth dice que “las pensiones de lujo serán reducidas en su gobierno”, parece que no toma en cuenta que la Sala Constitucional, en sus votos 19030-18 y 19485-18, estableció que los montos jubilatorios declarados no se pueden afectar retroactivamente. Una afectación de ese tipo solo puede operar a futuro, para los nuevos jubilados que sí estarían sujetos a disminución en montos jubilatorios otorgables si así lo determina una nueva normativa.

Afirmar que la mayoría financia jubilaciones para unos cuantos que reciben montos exagerados de 7 millones o más, es una caricatura de la realidad que conduce a engaño. 

Para demostrarlo, sepa primero, doña Lineth, que de las  pensiones de los regímenes especiales  que  se cargan al presupuesto,  más del 70%  corresponden al Magisterio Nacional, por lo que estas últimas son referentes obligatorias  en la discusión. Según estadística de JUPEMA a junio de 2021, los pensionados del  Magisterio del Régimen Transitorio de Reparto, que es el que se paga con presupuesto,  son un  total de 45 161, de los cuales solamente 75, o sea el 0.17%, devengan montos nominales superiores a 8 millones, al tiempo que el 92.6% (41 857)  reciben nominales menores a 2.2 millones y el 98.15%  devengan nominales menores a 4 millones.

Los números no mienten

¿Montos exagerados? En primer lugar, la declaratoria de esos montos jubilatorios nominales recae sobre JUPEMA, de acuerdo a análisis riguroso, según el bloque de legalidad que cobija a los solicitantes al momento de su petición, con el aval subsiguiente y obligado de la Dirección Nacional de Pensiones. Las discrepancias entre esos dos entes, si se presentan, son resueltas por el Tribunal Administrativo de Seguridad Social.  En otras palabras, ni los pensionados del Magisterio  se “auto recetan” montos jubilatorios, ni el proceso de declaración y aprobación final de derechos es laxo o irregular, como se insinúa reiteradamente.

En segundo lugar, es engañoso referirse a esos montos brutos o nominales de pensión como si fueran los netos devengados, lo cual es artilugio de uso rutinario por parte de los medios,  cuando mencionan  pensionados que devengan  montos de “ 12 millones o más”,  pero sin mencionar el monto  neto, que es mucho menor. El efecto de tal omisión en la opinión pública es sumamente grave y causa animadversión e inquina en contra de los pensionados.

Según planilla de JUPEMA (Oficio JD PRE 0052 12 2019), en la actualidad los netos devengados para pensiones de  7  y 8 millones son de 3.15 y 3.6 millones respectivamente, resultado de deducciones totales por ley del 55% sobre el nominal o bruto.  Para las pensiones más elevadas, las deducciones totales llegaron en el pasado a alcanzar hasta un 70% del nominal.  Ahora bien, si Ud. propone disminuir en un 50% el “universo de pensiones de lujo”, debería, en primer lugar, definir claramente qué es para Ud. una “pensión de lujo”.  Además, tener en cuenta que los montos ya otorgados son inviolables, como se mencionó anteriormente.  Si en este momento las pensiones en el RTR con nominales de 4.5 millones o más  están gravadas hasta en un 55%, ¿cómo las va a gravar adicionalmente? ¿O será que Ud. aboga por gravar hasta en un 50% TODAS las jubilaciones del RTR, incluyendo hasta las más bajas, quebrantando así el principio de progresividad tributaria?

Pensiones altas y las finanzas del país

Como puede Ud. apreciar, doña Lineth, se presta a confusión el no definir claramente los términos de uso en cuanto a pensiones.  Y dicha confusión se acrecienta cuando se hacen afirmaciones carentes de base, como que “las pensiones de lujo socavan las finanzas del país”.  Confrontemos esa afirmación suya con lo expresado por el Dr. Alvaro Ramos, ex Superintendente de Pensiones, al periódico La Nación:

Sin embargo, lo que es realmente caro no son las pensiones tan altas. Son muy indignantes, ofenden, hay que bajarlas, pero si usted lo que quiere es conseguir plata, una reducción masiva, hay que hablar de pensiones de 1.5 millones (de colones)” (LN, pág. 11 A, 17/12/18, énfasis agregado).

Por consiguiente, el discurso mediático y político acerca de “pensiones de lujo” no resiste análisis serio.  Es la opinión experta que las pensiones más altas NO socavan las finanzas del país, pero, añadimos, sí resultan muy convenientes como pretexto para cargar en contra del resto de las pensiones del RTR, aunque no sean altas. Resulta que las pensiones elevadas en el RTR, de 8 millones nominales o más, son tan escasas respecto del total, que por sí solas no presionan el presupuesto, pero cuando Ud. suma el total de pensiones del RTR, aunque la mayoría sean bajas,  sí ejerce presión presupuestaria. Aclaremos además que desde 2016, por ley 9383, las deducciones aplicadas al RTR se extendieron al resto de las pensiones de los regímenes especiales. ¿Entonces, qué le quedaría a Ud. por gravar si ya la Sala Constitucional estableció para algunos de los regímenes especiales un máximo de deducción total del 50%?

El “fondo” del asunto

Y eso nos lleva, ineludiblemente, a formular la pregunta clave: ¿por qué se pagan las pensiones del RTR con presupuesto y no con un fondo de pensiones?  Porque, por increíble que parezca, el Estado costarricense se apropió ilegalmente de las cotizaciones magisteriales y las desvió a gasto ordinario (1), al tiempo que no contribuyó con las cotizaciones a que estaba obligado,  como patrono y como Estado, para la conformación del fondo al cual se habrían cargado las pensiones del Magisterio, conformación exigida claramente por  ley 2248 de 1958 (artículos 17 al 23).  ¿Cuál es la magnitud de este megadesfalco de las cotizaciones magisteriales pagadas religiosamente durante más de 60 años? La estimación actuarial de JUPEMA es que de haberse establecido, el fondo habría alcanzado 5 billones (millones de millones) al año 2012, como reserva para  el pago de esas pensiones. Este hecho se ha ocultado casi por completo a la opinión pública, al tiempo que se mantiene una campaña de descrédito y difamación en contra de los jubilados, como si ellos fueran los culpables del desfalco estatal,  señalándolos para  escarnio público, y haciéndolos aparecer como responsables del deterioro fiscal, que es bien sabido obedece estructuralmente a factores como evasión, elusión y exoneraciones.

Es opinión del reconocido actuario Lic.  Luis Guillermo Fernández que si se hubiera conformado el fondo de pensiones magisterial de acuerdo al mandato de la ley 2248:

 para el año 2008 las reservas del Régimen … se hubiesen encontrado con 5,4 billones de colones, situación que hubiese colocado al Régimen del Magisterio de esa época similar a lo que está sucediendo con el RCC.” (2)

  (El RCC, Régimen de Capitalización Colectiva del Magisterio, creado en 1995 por ley 7531, administrado exclusivamente por JUPEMA, con solo 100 mil afiliados,  cuenta hoy con una reserva de 3.5 billones (millones de millones), la mayor del país,   muy superior a la reserva de  2.5 billones del IVM, que cuenta con  más de millón y medio de cotizantes)

La respuesta del Estado ante la presión presupuestaria causada por su propio megadesfalco consistió  en fracturar el Régimen Magisterial, creando el RCC,  agrupar a los funcionarios de inicio de labores previo a  julio de 1992 en el llamado Transitorio de Reparto como sistema cerrado que no admite nuevos cotizantes, y  comprometerse al pago de sus jubilaciones. Por ley 7946 (1999),  se adicionó un  artículo 115 a la 7531 de 1995, que regula todo el régimen, y que reza:

“Artículo 115.- Garantía de pago

El Estado garantiza el pago de los derechos otorgados y los que se lleguen a otorgar en el Régimen transitorio de reparto de acuerdo con esta ley”

El Estado asumió así la obligación  de pagar esos derechos, lo que puede interpretarse como una admisión implícita  de responsabilidad por el megadesfalco.  Sin embargo, lo que ha hecho durante los últimos 30 años es cercenar reiteradamente y a mansalva esos derechos jubilatorios que se comprometió a respetar, como si el ilícito perpetrado por apropiación de las cotizaciones nunca hubiera ocurrido. Se tomó la vía fácil de culpar a los estafados y obligarlos a cargar con  las consecuencias del dolo estatal.

Hablemos de cotizaciones

Y no podemos omitir lo referente a  cotizaciones, ya que constantemente se insinúa que los “pensionados de lujo” no cotizaron para sus pensiones. Recordemos que por precepto constitucional los regímenes de pensiones en el país son solidarios y  tripartitos. Operativamente  se capitalizan con los excedentes, siendo la  enorme reserva del RCC  una muestra del gran potencial de crecimiento de estos fondos solidarios.  No se vale insinuar, como hacen los periodistas, (y los políticos también) que se debe acceder a una pensión según el monto de lo cotizado individualmente, como si se preparara el terreno para la instauración del nefasto modelo de administradoras privadas de fondos de pensiones  (AFPs),  que según la OIT ha fracasado a nivel mundial (3).

Para considerar los números, en 1958 la cotización inicial para los trabajadores del Magisterio fue de 5% (vs 2.5% IVM), aumentó  a 7% en 1991 ( vs el mismo 2.5% para el IVM), y a partir de 1997 se elevó aún más hasta el  rango actual de 8.75% a 16%.  ¿Y el IVM? Llegó apenas al 4% en el 2020.  De hecho, como se apuntó, las cotizaciones más elevadas en el RCC hacen que su reserva sea mucho mayor que la del  IVM, aun con un número tan reducido de afiliados. Las cotizaciones y contribuciones de los adscritos al RTR son igualmente elevadas, pero van a las arcas del Estado, que para el RTR no contribuye ni como patrono ni como Estado, como sí lo hace para el RCC.

En vista de lo anterior ¿suscribiría Ud., doña Lineth, lo expresado por el  editorialista de La Nación, en el sentido de que debe haber un máximo universal de pensión en el país igual al del IVM (CCSS), sin importar cuándo haya cotizado el beneficiario? (4)  De manera análoga, ¿Aceptaría que  el reparto de dividendos a accionistas se haga sin importar el monto que cada uno invirtió?

Manifiesta Ud. que es inaceptable que el Estado gaste más en el pago de las pensiones de los regímenes especiales, entre ellos el RTR, que lo que contribuye al IVM-CCSS.  Llegados a este punto, debe Ud. entender que lo verdaderamente inaceptable es la irresponsabilidad de las diferentes administraciones, que a lo largo de sesenta  y tantos años hicieron mesa gallega con las cotizaciones que los docentes contribuyeron para sus futuras pensiones.  En cualquier país medianamente  informado ello habría constituido uno de los escándalos del siglo.  Aquí los medios y los políticos se encargaron de barrer el ilícito estatal bajo la alfombra, tras una cortina de  silencio informativo prácticamente total, con contadas excepciones por parte del Semanario Universidad (5) y el diario La República(1) ; esto  a pesar de ser obvio  que si no se hubiera sustraído la cotización magisterial, y se hubieran contribuido las cotizaciones del patrono y el estado, no sería necesario recurrir al presupuesto para cubrir el pago de las pensiones del magisterio, ya que este pago estaría sujeto a parámetros actuariales de acuerdo al monto de las reservas.

¿Desvestir un santo…?

Finalmente, su propuesta de destinar el “ahorro” que se obtendría con la disminución de las “pensiones de lujo” para fortalecer el IVM (CCSS) no  roza, sino que colisiona de lleno, tanto con la inviolabilidad del monto jubilatorio declarado, señalado anteriormente, como también  con otras  resoluciones de la Sala Constitucional en lo que se refiere a pensiones. Concretamente, la Sala decidió (Voto 5236-99) que establecer cotizaciones de los pensionados  “a favor del Estado”, según especificaba la ley 7531, era inconstitucional en la medida en que no se garantizaba que dichas sumas fueran a fortalecer el régimen en cuestión, siendo inaceptable que se les diera otro destino, porque  según el 73 constitucional:

“No podrán ser transferidos ni empleados en finalidades distintas a las que motivaron su creación, los fondos y las reservas de los seguros sociales”

Por otra parte, en el voto 846-92, la Sala estableció:

      “Considera la Sala que, si el fin primordial del constituyente fue mantener los seguros sociales para fortalecer la seguridad social, no hay razón para cuestionar la existencia de pluralidad de regímenes. Se parte de que el constituyente pretendió un mínimo de protección a los trabajadores, dejando la puerta abierta para que en un futuro se regulara sobre nuevos sistemas de seguridad social… Al existir diferentes regímenes, es lógico que cada uno tenga sus propias reglas y criterios legales para el otorgamiento del derecho constitucional a la jubilación y a la pensión, sin que por ello pueda siquiera pensarse que tal coexistencia sea inconstitucional”.

Por consiguiente, es claro que en materia de pensiones no se vale desvestir un santo para vestir otro, como es su pretensión.  No se pueden sustraer dineros de un régimen como el RTR , que pasó el tamiz constitucional, para apuntalar con sus recursos el IVM.

Todo lo anterior sirve para enfatizar la necesidad de estudio serio y minucioso acerca de  las pensiones de los regímenes especiales,  e ilustra los desatinos a que conduce la adopción a la ligera de posturas populistas carentes de bases sólidas. Es de esperar que futuras intervenciones suyas tomen en cuenta la complejidad del mismo, así como la verdad histórica y el entramado de falacias y distorsiones que se ha tejido alrededor del tema.

Referencias.

1) María Siu.  Estado dejó a maestros sin fondo para pensión. La República 15/4/2005, pág. 10

2)  Luis Guillermo Fernández.  Cochinilla con pensiones del Magisterio.  Semanario Universidad (digital) 24/8/21

3)  Informe OIT.  La reversión de la privatización de las pensiones: aspectos clave. Diciembre 2018

4)  La Nación.  Editorial  5/1/19.

5)  Semanario Universidad.  Pensiones del Magisterio Nacional. Fondo sería de 2.7 billones. 7/8/2003, pág. 6

(*) Dr. Jorge D. García, Ph.D.

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4 COMENTARIOS

  1. El experto en Jupema es Rogelio Cedeño Castro. Se las sabe todas. Aqui el asunto claramente definido es ese pequeño porcentaje de pensionados que reciben cantidades (en bruto) que son inalcanzables para la poblacion costarricense.Como lo lograron ? Bueno basado en decretos y beneficios que con intencion o no,por ley les dio esos montos.Hasta ahi estamos claros.Es un tema que no desaparecera, y que cada vez que al pueblo le pongan mas dificil su escualida pension del IVM,saltaran a la palestra las denominadas pensiones de lujo como comparativas e injustificables.La solucion y ahi entarmos en el vericueto legal, que para beneficio de las mayorias esas pensiones de lujo deben ser eliminadas.Curiosamente entran en su defensa quienes alegan y abogan de la inequidad de nuestra sociedad, y que los ricos evaden impuestos y bla,bla,bla…………

    • La costumbre de mentir con descaro entre alguna gente que ni siquiera da su nombre es algo profundamente arraigado en su mentalidad totalitaria, en el mejor estilo nacionalsocialista nazi o estalinista neoliberal, con el miente, miente que algo queda de Joseph Goebbels el ministro de propaganda del III Reich, con la que buscan conducir a la grandes mayorías populares a la más abyecta miseria. Lo cierto es que los ricos evaden impuestos, estafan al estado con negociados multimillonarios fraudulentos (Trocha y otros muchos), practican la elusión fiscal y sacan enormes recursos financieros hacia los paraísos fiscales, además de asfixiar al erario público con el negociado de los títulos de la deuda pública, esa que el Estado se ve obligado a emitir como consecuencia de la evasión y la elusión fiscales. En cuando al IVM de la CCSS hay que decir que lleva ya muchas décadas siendo saqueado por sus malos administradores, esos que sustraen sus fondos para destinarlos al régimen de enfermedad y maternidad, esto ante la negativa de los sucesivos gobiernos de aportar esos y otros recursos, con su complicidad tienen a la institución al borde de la quiebra, lo que se ha agravado con la negativa de este gobierno de honrar sus deudas con la institución. Ya saquearon del fondo de pensiones de reparto del magisterio nacional, siguen saqueando el del IVM de la caja (de ahí las pensiones miserables que traerá la reforma de pensiones que acaban de aprobar), van por el de capitalización del magisterio y por el de las pensiones del Poder Judicial, todo ello a la manera gangsteril que implantaron las dictaduras argentina y chilena en los países del Cono Sur en nombre de un libre mercado que nunca llegó a ser…esto no es bla,bla, bla… todo esto esto cierto y nadie hace nada. La mal intencionada alusión gratuita me honra, aunque no soy un experto en estos temas como lo son don Jorge García Hidalgo con su invaluable trabajo, tal y como lo demuestra en este artículo y el actuario matemático de la UCR, don Rodrigo Arias López. Mi gratitud y reconocimiento hacia ellos.

  2. Patética, lamentable e incompetente, además de mentirosa compulsiva, resultó ser Linneth Saborío , la candidata presidencial de ese partido que no tiene nada de social y muchos menos de cristiano.

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