jueves 18, abril 2024
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Consulta del Gobierno a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre pensiones de lujo

Viendo el payaso se suelta la risa. O sea, mientras no se vea la consulta concreta que se hará no debería uno opinar.

Parece que lo que se pretende es zafarle la tabla a la Sala en cuanto al tema. Aparentemente se parte de que la Sala alcahuetea las pensiones de lujo, lo cual es un desmadre que debe acabar, cosa que suena bien a la mayor parte de la gente.

Ya se oye advertir que lo más probable es que la Corte no le dé trámite a semejante planteamiento. De todos modos, el tema de fondo no es tan complicado: hay primero que definir, con el cerebro, lo que es una pensión de lujo. Luego, hay que recordar que en este país, por lo menos como principio fundamental, se respetan los derechos adquiridos.

Nuestra Sala Constitucional no es cierto que tenga una postura abiertamente a favor de la pensiones de lujo. Para empezar, ni siquiera ha logrado acuñar el concepto racional de pensiones de lujo. Las hay, nadie lo niega, pero  ¿cuáles sí lo son? La prensa logró vender el concepto  de pensiones de lujo a partir del tope con postergación del régimen de IVM de la CCSS. Pero esto es meridianamente insensato. Es comparar lo que no es comparable. Si hay regímenes jubilatorios diferentes es porque las situaciones son diferentes. Para que pueda sostenerse la tesis de que ese es el concepto válido de pensión de lujo tendría que hacerse valer que no caben entonces regímenes  diferentes. Y si no caben regímenes legales jubilatorios distintos, tampoco deberían caber regímenes salariales distintos. Una igualdad absoluta solo admite, lógicamente, que los regímenes salariales y jubilatorios sean para el sector público completo los mismos que los del sector privado.

En cuanto a los derechos adquiridos, conforme a la ley, simplemente hay que respetarlos. Esto no tiene otra salida. La Sala costarricense ha definido el tope del 50% en las deducciones legales en las jubilaciones, lo cual per se es confiscatorio, máxime que es un tope fijo, que igual lesiona a todos los montos, lo que no respeta el principio de progresividad  acorde con la capacidad contributiva. De hecho, con esta tesis la Sala ya dio el golpe más fuerte que se le puede dar a las jubilaciones. Suponemos que no se atrevería a sostener lo mismo respecto de los salarios.

Aparentemente lo que el Gobierno quiere es simplemente anular todas las pensiones que pasen de 2.3 millones. Eso, en Nicaragua, Cuba o Venezuela sí se podría. Aquí no.

Habrá que ver la consulta concreta que se formule, pero sería mejor que se haga bien hecha. Y recuérdese que también consultar tiene su riesgo. El que pregunta lo que quiere puede llegar a tener que oír lo que no quería. Mucha gente parte de que sencillamente lo que no le suena bien hay que acabarlo. En este país hay cientos de cosas que no nos gustan. Claro, es más fácil agarrarla contra adultos mayores.

(*) Mauro Murillo Arias es Abogado

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