jueves 28, marzo 2024
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Protección integral y especial de niñas, niños y adolescentes víctimas de maltrato psicológico

1. En el año 2015, la Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Psicología publicó el pronunciamiento Nº V.1.2-31-11-05-15, relativo al Síndrome de Alienación Parental (SAP).

2. En el año 2018, en la Asamblea General Extraordinaria 111-2018 del Colegio de Profesionales en Psicología, se presentó una moción para ampliar el pronunciamiento Nº V.1.2-31-11-05-15 o crear otro, con la finalidad de reconocer y garantizar los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes.

3. La Asamblea General Extraordinaria 111-2018 estableció el acuerdo I-VI-111-2018, que ordena a la Junta Directiva la creación de una Comisión Especializada para el Estudio a Fondo de la Afectación de Niños, Niñas y Adolescentes en Situaciones de Conflictos Familiares, para que realice una propuesta de pronunciamiento.

4. Se conoció el acuerdo artículo 7) Aparte 01) tomado en la Sesión Extraordinaria CNNA 05-2022 del 06 de abril de 2022, del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia de Costa Rica.

5. Esta Junta Directiva concluye que: el Síndrome de Alienación Parental y otros conceptos relacionados (padrectomía, desparentalización, violencia parental, entre otros) carecen de fundamentación científica, por tanto, no se admite su uso en el ejercicio profesional de la psicología.

6. Esta Junta Directiva concuerda con el Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia de Costa Rica en lo siguiente: “No obstante, se reconoce la presencia de diversas expresiones de violencia contra los niños, niñas y adolescentes que, en las situaciones de conflictos familiares, violentan sus derechos a una vida familiar y a la interrelación familiar, lo cual requiere de un abordaje integral desde la interdisciplinariedad e interinstitucionalidad, que garantice el respeto del principio del Interés Superior de los niños, niñas y adolescentes, del principio de la participación y del principio de la protección integral de sus derechos, entre otros. Para ello, es fundamental diseñar e implementar procesos socioeducativos dirigidos a las personas funcionarias, a fin de desarrollar capacidades y habilidades para la intervención psicosociolegal en las situaciones de conflictos familiares.”

7. Esta Junta Directiva insta a las personas profesionales en psicología a realizar con rigurosidad científica y ética estudios de diagnóstico diferencial entre abuso sexual, negligencia, abandono, maltrato físico y psicológico, y dinámicas de conflictos familiares y relaciones parentales conflictivas, principalmente en los contextos de separaciones o divorcios problemáticos.

8. En los casos de conflictos familiares y relaciones parentales conflictivas, principalmente en los contextos de separaciones o divorcios problemáticos, esta Junta Directiva recomienda a los profesionales en psicología acompañar el proceso de diagnóstico diferencial con una perspectiva de trabajo en equipo interdisciplinaria, al menos: medicina, trabajo social y derecho.

9. Para los casos de conflictos familiares y relaciones parentales conflictivas, principalmente en los contextos de separaciones o divorcios problemáticos, esta Junta Directiva motiva a las personas profesionales en psicología a utilizar los siguientes códigos diagnósticos, según corresponda:

 

10. Se recomienda a los profesionales la lectura detallada y concienzuda de estos dos Manuales con el fin de profundizar en la comprensión de la evidencia científica que sustenta su elaboración.

11. Con base en la información expuesta, es responsabilidad de cada profesional en Psicología realizar el análisis detallado y concienzudo sobre las circunstancias que median o la condición de salud mental de las personas de los núcleos familiares con los que trabajan, especialmente de las personas menores de edad que conviven en dichos contextos, en apego a los principios éticos y deontológicos del ejercicio profesional, pero también sobre la base de las buenas prácticas desde la ciencia y la técnica, que deben sustentar cualquier aproximación diagnóstica que se haga.

12. El Colegio de Profesionales en Psicología está comprometido con el ejercicio y garantía de los Derechos Humanos de Niñas, Niños y Adolescentes.

13. Con este nuevo pronunciamiento queda sin efecto el pronunciamiento hecho por el Colegio de Profesionales en Psicología sobre el SAP en el año 2015.

(*) Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica

 

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2 COMENTARIOS

  1. https://es.wikipedia.org/wiki/CIE-10
    La CIE-10 es el acrónimo de la Clasificación internacional de enfermedades, 10.ª edición correspondiente a la versión en español de la versión en inglés ICD, siglas de International Statistical Classification of Diseases and Related Health Problems y determina la clasificación y codificación de las enfermedades y una amplia variedad de signos, síntomas, hallazgos anormales, denuncias, circunstancias sociales y causas externas de daños y/o enfermedad.1​
    El 18 de junio de 2018, la Organización Mundial de la Salud publicó la nueva edición de su manual de enfermedades. Esta edición (CIE-11) entró en vigor en 2022 para sustituir a la vigente desde 1990.2​3​

    https://es.wikipedia.org/wiki/DSM-5
    DSM-5: El Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders, Fifth Edition (DSM-5) —en español: Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales (DSM-5)— es la actualización de 2013 del Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales, una herramienta de clasificación y diagnóstico publicada por la Asociación Estadounidense de Psiquiatría (APA, por sus siglas en inglés). En los Estados Unidos, funge como la principal autoridad en el diagnóstico psiquiátrico. Por lo común, las recomendaciones terapéuticas y el pago de profesionales de salud están determinadas por las clasificaciones del DSM, de forma que la publicación de una nueva versión adquiere significación práctica.
    El DSM-5 fue publicado el 18 de mayo de 2013 y reemplazó al DSM-IV-TR, publicado en el 2000.

    ¿Los niños son el futuro?
    PARA LA NACION: Guillermo Jaim Etcheverry, 1 de abril de 2012
    https://www.lanacion.com.ar/lifestyle/los-ninos-son-el-futuro-nid1461291/

    Los niños y niñas: ¿ciudadanos de hoy o de mañana?, Josefina Fernández Barrera
    https://www.researchgate.net/publication/277162813_Los_ninos_y_ninas_ciudadanos_de_hoy_o_de_manana

    ¿Quién cuidará a los nilos? artículo de Catherine Vincent, El País.es

  2. Es quizas preocupante lo expresado por la titular de educacion hace unos dias atras. Hablando de autoestima, que le importa a la Ministra que a los niños y niñas en las escuelas publicas les caigan piojos del techo mientras a Mi no me caigan. O, que le importa a la Ministra de la insalubridad escolar publica si mis familiares no las usan. Hace mucho tiempo atras nacio una gran idea de una gran persona, que iba a reclutar voluntario(a)s para arreglar las escuelas publicas clasificadas insalubres, por el Ministerio de Salud. Ojala, que el reclutamiento este finiquitado, y se proceda a la reparaciones de esas escuelitas lo antes posible para el autoestima estudiantil.
    Shalom

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