domingo 16, febrero 2025
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El TEU de la UCR debe aplicar el sentido común a sus decisiones

Columna Poliédrica

En la Universidad de Costa Rica (UCR) uno pensaría que debe existir el sentido común, pero al parecer no es así. He estado leyendo y me han comentado el culebrón que se ha venido desarrollando en relación con la elección del próximo Rector de esta institución, ya que el Tribunal Electoral Universitario (TEU) decidió que la elección la va a desarrollar por medio de la modalidad remota por medios electrónicos; en otras palabras, ha apostado por una modalidad que ni siquiera el Tribunal Supremo de Elecciones se le ha ocurrido dar el paso para implementar una elección en los términos que ha hecho por parte del TEU de la UCR.

Dado lo que se decide en la elección del Rector de la UCR, es necesario que no exista ningún tipo de cuestionamiento a la legitimidad y legalidad del proceso de elección. La legitimidad tiene que ver con la pureza del sufragio, en el sentido que no pueden existir dudas de que la voluntad de los votantes se manifestará en el resultado de las elecciones; la legalidad del proceso electoral está relacionado con que el proceso de elección se desarrolle conforme lo establece la normativa jurídica correspondiente, es decir, que se cumpla con lo que se denomina el principio de legalidad.

La elección convocada por parte del TEU de la UCR tiene problemas de legitimidad en su implementación y desarrollo. Según lo que ha aparecido por medio de diferentes vías, se está cuestionando que el voto que los electores vayan a emitir tiene serios problemas de seguridad informática; en consecuencia, la integridad del voto no puede ser garantizada y ello es, quizás, la función principal que tiene cualquier Tribunal Electoral, es decir, ante este tipo de cuestionamientos, ya el proceso electoral está deslegitimado desde antes de realizarse.

La elección convocada por el TEU de la UCR, también tiene problemas de legalidad. Recientemente he podido leer que la elección para elegir al Rector de la UCR por medio de la modalidad remota por medios electrónicos, no tiene una norma jurídica que la sustente. Se trata de un problema de legalidad que violenta el artículo 11 de la Constitución Política y el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, en otras palabras, cualquiera que haya llevado un curso básico de Derecho sabe que los órganos públicos deben regirse por este principio y no pueden emitir actos jurídicos que no estén fundamentados en el ordenamiento jurídico vigente.

El sentido común, ante estos cuestionamientos y observaciones, indica que lo lógico es que el TEU de la UCR no realice una elección bajo la modalidad remota por medios electrónicos. Se trata de una decisión que debería tener a la UCR como principal motivación para ser adoptada, especialmente por la coyuntura política en que se encuentra el país; dicho de otro modo, los miembros de ese Tribunal Electoral deberían comprender que un proceso electoral como el que pretenden desarrollar, sea cual sea el resultado, será objeto de cuestionamiento e impugnación, con el correspondiente perjuicio para la principal universidad de este país.

Los miembros del TEU de la UCR deben usar su raciocinio y su sentido común para comprender que lo correcto es realizar la elección por medio de la modalidad presencial, es decir, debe privar la sensatez y la cordura, pero sobre todo, el interés institucional de la principal universidad costarricense.

Esperemos que la frase “el sentido común es el menos común de los sentidos”, no se termine aplicando a los miembros del TEU de la UCR.

(*) Andi Mirom es Filósofo

andimirom@gmail.com

columna poliédrica.blogspot

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1 COMENTARIO

  1. Ah caray! Eso quiere decir que el Sr Mirom piensa que hay malandros en la ucr capaces de cometer plagio. Yo creia que la UCR era un lugar donde estaba la crema innata del intelecto tico, desgraciadamente de nada sirve tener phds y mucha educacion si al final lo que es es un chollado…dudar del voto electronico significa que Mirom tiene dudas…

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