La Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (APREFLOFAS) ha venido dando seguimiento a las graves denuncias presentadas por grupos ambientalistas ante irregularidades e ilegalidades en el Refugio de Vida Silvestre Gandoca–Manzanillo.
Estas denuncias han dado lugar a la apertura de investigaciones penales. Ante la posible comisión de delitos ambientales por parte de funcionarios públicos y sujetos privados, la Fiscalía Agrario Ambiental y la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción han procedido con decenas de allanamientos.
APREFLOFAS se suma al llamado de decenas de grupos ambientalistas y de la ciudadanía para que en este caso concreto y muchos otros más, la legislación ambiental sea aplicada de forma correcta, tanto en su esfera preventiva como en su esfera coercitiva, sumándonos así a la alarmante preocupación por la impunidad con que se viene deteriorando la aplicación de la protección de la biodiversidad en el país.
El caso del Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo implica que las autoridades deben aplicar estrictamente la legislación ambiental y conexa, entre otras, la Ley de Conservación de Vida Silvestre (7317) y la Ley Orgánica del Ambiente (7554) , ambas en cuanto a humedales y vida silvestre, la Ley de la Zona Marítimo Terrestre (6043), el derecho fundamental al ambiente sano y ecológicamente equilibrado consagrado en el artículo 50 de la Constitución Política y la jurisprudencia de la Sala Constitucional en materia de humedales y su protección emanada de la normativa nacional e internacional.
La Ley Orgánica del Ambiente en su artículo 41 establece que “Se declaran de interés público los humedales y su conservación, por ser de uso múltiple, estén o no estén protegidos por las leyes que rijan esta materia”.
Por lo anterior, APREFLOFAS subraya que este caso concreto reviste especial interés, dado que según consta en la certificación SINAC-ACLAC-DRFVS-PNE-C-092-2024 del 29 de agosto de 2024, el SINAC ha venido aplicando la desafectación significativa de humedales y bosques en la zona costera de Gandoca Manzanillo, lo cual conlleva impacto negativo en las especies de vida silvestre relacionadas con estos ecosistemas, entre estas, los manatíes, tortugas marinas, aves, congos y perezosos, flora y fauna en general, incluidos los insectos y microorganismos.
La cantidad y variedad de denuncias, y la evidencia recopilada por miembros de la comunidad y por la propia Fiscalía Ambiental, no debe ser tomada a la ligera por parte de las autoridades; por el contrario, los hechos denunciados merecen un análisis exhaustivo y riguroso, toda vez que estamos ante un caso de reducción e impacto del Patrimonio Natural del Estado y ecosistemas sumamente vulnerables, como lo son los bosques costeros y los humedales.
Asimismo, debe recordarse que a la fecha, el SINAC y el MINAE no han dado cumplimiento a la sentencia 12745-2019 de la Sala Constitucional, mediante la cual fue declarada parcialmente con lugar una acción de inconstitucionalidad, indicándose en dicha sentencia que “ (…) se ordena al Sistema Nacional de Áreas de Conservación que proceda, dentro del plazo de doce meses, contado a partir de la publicación íntegra de este pronunciamiento en el Boletín Judicial, a delimitar el área antes mencionada y, en conjunto con la Procuraduría General de la República, ejercer las acciones legales correspondientes en defensa del patrimonio público.
Por todo lo anterior, APREFLOFAS exhorta a toda la ciudadanía a mantenerse vigilante del cumplimiento de la legislación ambiental, recordando además la obligación de cumplimiento de la normativa nacional e internacional por parte de quienes ejercen la función pública en todos los niveles de jerarquía
(*) Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (APREFLOFAS)