La prestación remunerada de servicios en las universidades públicas.
En las discusiones que han tenido lugar en la Asamblea Legislativa con relación al financiamiento de las universidades públicas algunas personas han mencionado que estas instituciones de educación superior deberían financiar una buena parte de su presupuesto mediante la prestación remunerada de servicios. Este es un tópico que, desafortunadamente, se discute a menudo con superficialidad. El tema merece un análisis minucioso y permanente, centrado en el ethos que guía el trabajo de las universidades públicas.
Desde su fundación, las universidades públicas de Costa Rica han tenido un compromiso decidido con el estudio de las necesidades de la sociedad y con el aporte directo para solventarlas. Este fuerte compromiso se expresa en múltiples vínculos con amplios sectores y constituyen el cimiento de la acción social o extensión universitaria. Un subconjunto de estos acercamientos, no necesariamente el más importante, es el denominado vínculo remunerado, mediante el cual se prestan servicios que atienden demandas y necesidades y, al hacerlo, se generan réditos económicos para las universidades. Pero existen otros tipos de vínculos no remunerados que tienen un gran impacto social, económico y cultural y que derivan del ethos de procura del bien común que guía a las universidades públicas. El vínculo remunerado es, pues, solo un componente de ese amplio universo de proyecciones de estas instituciones a la sociedad.
Cometen un error quienes intentan priorizar el vínculo remunerado por sobre otras formas de extensión. Y ese error se magnifica cuando se plantea que esa debe ser una forma prioritaria de financiamiento de las universidades. Por mandato constitucional las universidades públicas deben ser financiadas, en lo fundamental, por el estado; esto no debe perderse de vista pues constituye un elemento esencial del carácter público de dichas instituciones. El vínculo remunerado puede contribuir, aunque de manera secundaria, a nutrir los recursos con que cuentan estas instituciones. Pero debe ser eso, un mecanismo ancilar y no central.
Cuando se desarrolla de manera planificada y bien concebida, con base en el desarrollo académico que deriva de las actividades sustantivas de la institución y desde una perspectiva de servicio a la sociedad en su conjunto, el vínculo remunerado constituye una forma legítima de proyección de los saberes universitarios para la procura del bien común. Pero si no opera en el marco de los valores y principios de la educación superior pública, esta actividad puede llevar a distorsiones. Algunas de estas distorsiones se dan cuando:
(1) En una unidad académica el grueso del esfuerzo del personal docente y administrativo se centra en actividades de vínculo remunerado, debilitando por lo consiguiente las labores esenciales de generación de conocimiento mediante investigación, docencia de grado y posgrado y acción social no remunerada. Sería el caso, por ejemplo, de unidades de investigación que prioricen su accionar en la provisión de servicios remunerados, lo cual genera dividendos, pero que, si no se hace de manera equilibrada, debilita el desarrollo académico sustantivo e integral. En estos casos, el vínculo externo remunerado, que debería ser una actividad de apoyo a las labores sustantivas, termina teniendo preeminencia sobre estas.
(2) Una unidad académica promueve actividades de vínculo remunerado que no son corolario del desarrollo académico de dicha unidad. En otras palabras, el vínculo externo, sea remunerado o no, debe surgir del desarrollo académico de un grupo en un campo específico del saber, mediante el cual se generan insumos de conocimiento que pueden proyectarse a la sociedad. Pero el desarrollo académico viene primero, y el vínculo aparece después. Existe el riesgo de ofrecer servicios remunerados a la sociedad que no derivan del desarrollo académico, sino que surgen como oportunidades en el mercado. En estos casos, este enfoque mercantil desvirtúa el sentido esencial del trabajo universitario y favorece vínculos de poco impacto y escaso contenido en conocimiento, aunque puedan ser lucrativos.
(3) La procura de vínculo remunerado con el sector externo se hace en detrimento de otras actividades de acción social y de investigación no remuneradas, dándose prioridad a lo remunerado. Ello lleva a debilitar el desarrollo integral de todos los campos del conocimiento y erosiona los vínculos con sectores vulnerabilizados de la sociedad, con los que las universidades tienen un compromiso prioritario desde una óptica de bien común y solidaridad y no de rentabilidad. Lo que inspire la agenda de vínculo externo de las unidades académicas deben ser las necesidades de los sectores externos, principalmente los más afectados, y no la búsqueda de ganancias económicas per se. Lo económico debe ser un corolario de cierto tipo de vínculo, pero no lo que guíe cuáles vínculos se establecen prioritariamente. Aquí hay un elemento de carácter ético-filosófico que requiere ser considerado responsablemente.
(4) Al calor del vínculo remunerado con el sector externo se generan conflictos de interés. Esto puede ocurrir, por ejemplo, cuando estos vínculos conllevan remuneraciones para los actores universitarios involucrados, lo cual puede causar un favorecimiento hacia el desarrollo de ese tipo de vínculos por sobre otras formas de extensión no remuneradas y afectar así las agendas de investigación y acción social. Ello promueve una asimetría en las diferentes formas de relación universidad-sociedad y se aleja de la misión central de las universidades públicas.
(5) Se pretende, como se comentó al inicio, que el vínculo remunerado con el sector externo se convierta en un componente central del financiamiento de las universidades, de la mano con la reducción del presupuesto estatal. Si bien este tipo de vínculo, cuando se hace de manera bien planificada y con un fundamento académico y social sólido, puede efectivamente contribuir con el financiamiento de las instituciones, de ninguna manera puede sustituir el financiamiento estatal al que las universidades tienen derecho por precepto constitucional. Una consecuencia negativa de esta perspectiva es que haría que áreas académicas que tengan más facilidad para desarrollar actividades de vínculo remunerado tendrían un mayor presupuesto que aquellas áreas que, por su naturaleza, no se relacionan con el sector externo por medio de este tipo de vínculo, afectándose por lo tanto el equilibrio y la integralidad de la misma universidad, como ocurre en muchas instituciones de educación superior a nivel global. Las universidades públicas tienen la misión de formar profesionales y generar conocimiento, reflexión y proyección en todos los ámbitos del saber, más allá del impacto económico de los mismos. La integralidad y el humanismo son elementos esenciales de estas instituciones.
En síntesis, el vínculo remunerado con el sector externo es una actividad legítima que forma parte del amplio abanico de variantes de relación universidad-sociedad. Pero no debe concebirse como una forma alternativa o sustitutiva al financiamiento estatal, y requiere inscribirse en el marco de la filosofía que guía los fines y propósitos de estas instituciones. Debe, por lo tanto, partir de una sólida base de desarrollo académico, y centrarse en la procura del bien común, como parte de un desarrollo institucional integral.
*Algunas partes del texto de este artículo han sido tomadas de: Gutiérrez, J.M. (2021) Reflexiones sobre el vínculo universidad-sociedad a través de la acción social en la Universidad de Costa Rica. En: Reflexiones desde la Academia. Universidad, Ciencia y Sociedad. Editorial Universidad de Costa Rica, pp. 133-151.
(*) Dr. José María Gutiérrez, Profesor emérito, Universidad de Costa Rica
Los estudiantes y la docencia debe ser la razón de ser de las universidades públicas, el FEES continuará siendo un tema delicado a nivel nacional, pero las universidades públicas deben ser eficientes y responsables en el uso de los recursos que los costarricenses aportamos para su funcionamiento. Lo que no es aceptable es que los índices de deserción universitaria sean del 25% al 60%, dependiendo de la fuente que se consulte y la universidad pública que se analice. Este indicador en rojo es una llamada de atención a las universidades públicas y a sus docentes para hacer una revisión interna, porque si no están formando los futuros profesionales costarricenses, porque estos desertan, entonces que están haciendo?
Excelente artículo, veraz e inteligente. Lo triste es que para comprenderlo como tal es necesario estudiar, sin falsas premisas ni mentiras ampliamente divulgadas, las funciones universitarias en conjunto. Pocos lo hacen.