Bogotá, 6 feb (Sputnik).- La Corte Constitucional de Colombia declaró este jueves inexequibles dos artículos del Código Civil que permitían el matrimonio infantil y estableció que, para poder contraer nupcias, se debe tener mínimo 18 años.
«El matrimonio y las uniones maritales de hecho entre o con personas menores de 18 años resultan contrarios a la Constitución», indicó la corte en la sentencia.
El máximo tribunal constitucional señaló que «las uniones tempranas constituyen una práctica nociva para los niños y niñas, que se sustentan en paradigmas culturales y estereotipos de género que deben ser superados.»
Además, declaró que no es suficiente expresar las normas como inconstitucionales, sino que es necesario instar a las autoridades a diseñar políticas dirigidas a erradicar el matrimonio infantil.
En 2024, el Congreso colombiano también aprobó una ley que prohíbe los matrimonios infantiles, aunque cuenten con el consentimiento de los padres. (Sputnik)