San José, 21 Feb (Elpaís.cr).- El Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) celebró este jueves la resolución del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, que rechazó la medida cautelar interpuesta por la empresa Huawei Technologies Costa Rica S.A. contra el Reglamento de Ciberseguridad para redes móviles de quinta generación (5G) y superiores.
El MICITT declaró en un comunicado que la decisión judicial, emitida el 20 de febrero de 2025, confirma la validez del decreto ejecutivo N.º 44196-MSP-MICITT, promulgado el 25 de agosto de 2023, y refuerza el marco normativo costarricense en materia de ciberseguridad y protección de datos.
El fallo judicial y sus implicaciones
La resolución N° 2025001488 del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, correspondiente al Segundo Circuito Judicial de San José, determinó que la solicitud de medida cautelar presentada por Huawei no cumplía con los requisitos legales necesarios para su otorgamiento.
Según el fallo, la empresa china no logró demostrar que el reglamento le causara un daño concreto, ni presentó pruebas suficientes para justificar la suspensión de su aplicación.
El Tribunal argumentó que la medida cautelar buscaba, en esencia, obtener una excepción para eliminar requisitos o condiciones establecidos en el cartel de licitación del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) para la implementación de la red 5G. Esto, según los jueces, representaría una lesión al ordenamiento jurídico costarricense y al interés público, que prevalece sobre los intereses particulares de la empresa.
Además, el fallo destacó que la suspensión del reglamento dejaría desprotegidos a los usuarios finales de los servicios de telecomunicaciones, poniendo en riesgo la seguridad nacional y la soberanía cibernética de Costa Rica.
El Tribunal enfatizó que la afectación alegada por Huawei no surge del decreto ejecutivo en cuestión, sino de su participación en el proceso licitatorio del ICE, en el cual la empresa solo tiene una expectativa de derecho, ya que no ha sido adjudicada a ningún oferente.
El Convenio de Budapest y la ciberseguridad nacional
En su resolución, el Tribunal hizo referencia al Convenio de Budapest sobre Ciberdelincuencia, un instrumento internacional que Costa Rica ha adoptado como parte de su marco normativo para fortalecer la ciberseguridad.
El fallo señaló que, en una era donde las redes avanzadas como la 5G se convierten en la columna vertebral de la infraestructura crítica del país, este convenio ofrece una herramienta fundamental para proteger a la sociedad digital globalizada contra las amenazas cibernéticas transfronterizas.
“El Convenio de Budapest es una medida de control de ciberseguridad que minimiza el riesgo de seguridad en este caso, un riesgo de seguridad nacional. Una contramedida eficaz para reducir los riesgos de seguridad nacional es la aplicación de nuestro marco normativo, reforzado por el Convenio de Budapest”, indicó el Tribunal en su resolución.
El MICITT ha reiterado que el Reglamento sobre medidas de ciberseguridad aplicable a los servicios de telecomunicaciones basados en la tecnología 5G no es discriminatorio ni violenta tratados internacionales. Por el contrario, se trata de una herramienta técnica y jurídica diseñada para proteger los derechos e intereses de los usuarios finales, garantizando el secreto de las comunicaciones, el derecho a la intimidad, la protección de datos personales y la seguridad de las redes móviles.
Contexto político y críticas al reglamento
El fallo del Tribunal llega en un contexto político marcado por tensiones internacionales y críticas internas al reglamento de ciberseguridad.
Un día antes de la resolución, se hizo público que el gobierno de Estados Unidos retiró las visas personales y diplomáticas a dos diputadas costarricenses críticas de las decisiones del presidente Rodrigo Chaves en materia de 5G.
Las legisladoras Johana Obando y Cynthia Córdoba, del Partido Liberal Progresista (PLP), han argumentado que el reglamento no se basa en criterios técnicos, sino políticos, y que excluye a empresas de países que no han firmado el Convenio de Budapest, como China.
El secretario de Estado de EE. UU., Marco Rubio, había advertido previamente sobre “consecuencias” para aquellos funcionarios o entidades que representen un riesgo para la ciberseguridad, en un claro mensaje dirigido a Costa Rica y otros países que consideren la participación de empresas chinas en sus infraestructuras críticas.
El MICITT defiende el reglamento
En un comunicado de prensa, el MICITT defendió el reglamento y celebró la decisión judicial. “El Tribunal argumentó que la solicitud de Huawei no cumplía con los requisitos para el otorgamiento de una medida cautelar, principalmente porque no se demostró con los argumentos y prueba presentada que daño le provoca la existencia del reglamento”, señaló el Ministerio.
Además, el MICITT reiteró que el reglamento tiene como objetivo fortalecer la ciberseguridad y la protección de datos en el país, estableciendo un marco regulatorio sólido para el desarrollo de la tecnología 5G.
“Su objetivo es proteger los derechos e intereses de los usuarios finales de los servicios de telecomunicaciones, garantizando el secreto de las comunicaciones, el derecho a la intimidad, la protección de datos personales y la seguridad de las redes móviles y servicios 5G”, indicó el comunicado.
Reacciones y próximos pasos
La decisión del Tribunal ha sido recibida con satisfacción por el gobierno costarricense, que considera el fallo como un respaldo a sus esfuerzos por garantizar la seguridad nacional y la soberanía cibernética.
Sin embargo, la resolución no pone fin a las controversias en torno al desarrollo de la red 5G en el país.
Por un lado, la Federación Frente Interno de Trabajadoras y Trabajadores del Instituto Costarricense de Electricidad y de la Industria de Telecomunicaciones (FIT), junto con algunos legisladores, mantiene una medida cautelar provisionalísima interpuesta hace más de un año, la cual aún no ha sido resuelta.
El MICITT expresó su sorpresa por la demora en la resolución de este caso, considerando que ya existe suficiente fundamento para descartar los argumentos presentados.
Por otro lado, Huawei podría recurrir a otras instancias judiciales para continuar su lucha contra el reglamento, aunque el fallo del Tribunal Contencioso Administrativo representa un duro revés para la empresa china.
El fallo
El rechazo de la medida cautelar solicitada por Huawei marca un hito en la implementación de la red 5G en Costa Rica y refuerza el marco normativo del país en materia de ciberseguridad, de acuerdo con el MICITT.
La decisión judicial no solo respalda las políticas del gobierno costarricense, sino que también subraya la importancia de proteger los intereses públicos y la seguridad nacional en un contexto de creciente preocupación por los riesgos cibernéticos, añadió.
Mientras el país avanza hacia la adopción de tecnologías de quinta generación, el debate en torno a la participación de empresas extranjeras en la infraestructura crítica continúa, con implicaciones tanto técnicas como políticas.
Lo que está claro es que, para Costa Rica, la protección de los derechos de los usuarios y la seguridad nacional seguirán siendo prioridades fundamentales en la era digital, según el MICITT.