Buenos Aires, 2 jun (Sputnik).- Una jueza argentina del fuero laboral suspendió este lunes un decreto de necesidad y urgencia (DNU) del presidente, Javier Milei, que limita el derecho a huelga y amplía los servicios considerados esenciales y trascendentales, al aceptar un amparo judicial de la principal central sindical argentina, la Confederación General del Trabajo (CGT).
«Hacer lugar a la medida cautelar peticionada y suspender provisoriamente los efectos de los artículos 2º y 3º del DNU 340/25 en relación con la CGT y los trabajadores representados por dicha entidad gremial hasta tanto se dicte sentencia definitiva», señala el fallo de la jueza Moira Fullana al que accedió la Agencia Sputnik.
La titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 3 de Buenos Aires aceptó el amparo presentado por la mayor central obrera del país y por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) para que se declare inconstitucional el decreto del Gobierno, que limitaba el derecho a huelga al ampliar los servicios considerados esenciales y trascendentales.
El DNU presidencial 340 publicado el 21 de mayo en el Boletín Oficial, que firmaron el presidente y el resto de los ministros de su gabinete, estableció que los servicios esenciales debían prestar un servicio mínimo del 75 por ciento.
Las actividades consideradas de importancia trascendental, en tanto, estaban obligadas a garantizar una atención mínima del 50 por ciento.
Entre los servicios considerados esenciales, el Gobierno incluyó las actividades que pudiesen «afectar metas de recaudación asociadas a las políticas de equilibrio fiscal».
Según la CGT, el decreto «fue dictado sin que se verifiquen los requisitos de necesidad y urgencia que exige el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, en un contexto de funcionamiento normal del Congreso Nacional».
La central sindical también sostuvo que esta norma delimita «de manera restrictiva el derecho a huelga, ampliando arbitrariamente la lista de actividades consideradas ´servicios esenciales´».
«El Congreso de la Nación Argentina se encuentra sesionando en forma ordinaria, extremo que impone al Estado nacional una sólida y consistente argumentación en relación con la situación de emergencia que habilitaría la vía excepcional previo al tratamiento de la norma ante el Poder Legislativo», argumentó la jueza al responder de manera favorable al amparo de ATE.
La legislación argentina consideraba hasta ahora esencial los servicios cuya interrupción pudiera poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de la población, en línea con los postulados de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Al conceder la medida cautelar, la magistrada mencionó la Constitución y la OIT, al considerar que «la norma cuestionada podría conculcar el ejercicio de los derechos derivados de la libertad sindical que gozan de la más amplia garantía legal y supralegal».
Nada más asumir en diciembre de 2023, el Ejecutivo emitió el DNU 70 que desregulaba la economía y que además ampliaba los servicios considerados esenciales y trascendentales, pero el capítulo laboral de la norma fue declarado inconstitucional en enero de 2024 por la jueza Liliana Rodríguez, decisión ratificada en abril por la Cámara Nacional del Trabajo.
A finales de 2024, otra jueza del Juzgado Nacional del Trabajo, Andrea Fabiana Centonze, se volvió a pronunciar en el mismo sentido, con lo que volvió a sentarse posición desde el ámbito federal. (Sputnik)