lunes 13, mayo 2024
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Costa Rica y Colombia intercambiaron experiencias sobre apatridia

San José, 23 mar (EP/PL).- Costa Rica y Colombia intercambiaron hoy de manera virtual experiencias sobre el procedimiento para la declaratoria de la condición de persona apátrida, aquella sin nacionalidad.

En la reunión virtual participaron integrantes de la Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, y del Grupo Interno de Trabajo de Nacionalidad, de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

La cancillería tica indicó que en la cita, equipos de ambas cancillerías abordaron diversos aspectos de interés relacionados con el procedimiento para la declaratoria de la condición de persona apátrida, compartiendo las mejores prácticas en este campo.

En el caso de Costa Rica, precisó, la incorporación a la normativa nacional de la Convención sobre el Estatuto los Apátridas se concretó con la Ley No. 6079 (1977), en virtud de la cual se aprobaron las Convenciones sobre Refugiados y Apátridas.

Recordó que lo anterior convirtió a Costa Rica en uno de los primeros países de América, junto con Argentina y Ecuador, en ratificar este instrumento.

De esa forma, refirió, este país comenzó una ruta de acción progresiva tendiente al abordaje integral de esta condición, como un acto declarativo, humanitario y apolítico apegado a los principios del debido proceso, e incorporando la valoración psicosocial.

Reveló que Colombia está en proceso de reglamentar el procedimiento tendiente al reconocimiento de la condición de persona apátrida, con la adhesión a la mencionada Convención.

Asimismo, prosiguió, con el desarrollo de la Política Integral Migratoria Colombiana regulada en la Ley 2136, expedida el 4 de agosto de 2021, en la cual se dispuso la competencia para el reconocimiento de la condición de persona apátrida.

La directora jurídica de la cancillería tica, Natalia Córdoba, señaló que la apatridia puede surgir en una variedad de contextos y por múltiples factores, por lo cual el Estado costarricense se ha dotado de mecanismos normativos e institucionales para brindar el abordaje más adecuado.

Ello, explicó, dirigido a facilitar la inscripción de nacimientos de personas que tienen derecho a la nacionalidad costarricense, así como el acceso, cuando corresponda, al procedimiento de determinación de la condición de persona apátrida.

Tras aseverar que la apatridia es más común de lo que se cree debido a la migración irregular, Córdoba indicó que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto es la única institución de este país a cargo de esos procesos.

La cancillería tica destacó que Costa Rica es el primer país latinoamericano en contar con legislación sobre la determinación de esta condición y en concretar el trámite del otorgamiento de nacionalidad a las personas apátridas así declaradas.

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