domingo 28, abril 2024
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Pensiones del Magisterio: entre dimes, diretes, confusiones y mentiras

Personajes de la política, periodistas y algunos medios de comunicación masiva acuden con enardecido discurso y mucha frecuencia a cuanto espacio y oportunidad tienen a su alcance para referirse a las pensiones con cargo al presupuesto nacional como una dura carga que socava las finanzas públicas, pagadas con los impuestos que sufragados por quienes viven en Costa Rica. Sin mayor explicación, precisión o razonamiento, atribuyen dicha circunstancia a la existencia de regímenes especiales que premian a funcionarios públicos con condiciones muy favorables, creadas por ley de manera inmerecida, pues las pensiones otorgadas superan el aporte que hicieron sus beneficiarios a lo largo de su vida laboral. De tales intervenciones es fácil que el público, escasamente informado, relacione los térmicos abuso, dolo y aprovechamiento personal con tales pensiones, calificadas muchas veces como lujos improcedentes y perversos, dignos del escarnio público.

Al estar dichas conjeturas lejos de la verdad, distorsionan las razones por las cuales muchas jubilaciones se cargan al presupuesto nacional. Por ello, nos hemos propuesto hacer el siguiente comentario sobre un tema ausente y poco profundizado que tiene que ver con el eje del asunto: los fondos de pensión.

Con el afán rectificar tales confusiones en los discursos y las consecuencias que las decisiones políticas erradas pueden tener a nivel legal y de seguridad social, compartimos con los lectores algunos elementos que deben ser clarificados para no ser presa fácil de ideas y prácticas que en el fondo buscan la desaparición de importantes conquistas sociales y los aportes monetarios que, como colectividad, han hecho los trabajadores a lo largo del tiempo.

Cuando se habla de fondos de pensiones, es frecuente escuchar algunas expresiones que confunden acerca de lo que es un fondo de pensión solidario y uno de cuentas personales o individuales, aunque ambos tienen en común proteger a los trabajadores una vez que se retiran luego de haber cumplido su ciclo laboral, según lo establece la ley. Así las cosas, la jubilación se convierte en un derecho que debe ser pagado con dinero que se toma de un fondo de inversión. Esos fondos pueden ser solidarios, es decir se nutren con el aporte de todos los adscritos al régimen o de cuentas de ahorro individuales administradas por un operador privado de pensiones y que pertenecen a cada trabajador de manera independiente. Este último caso es el que conocemos como ROP (Régimen Obligatorio de Pensiones)[1] cuya finalidad es complementar el ingreso de las pensiones que ofrecen otros regímenes, nunca sustituirlos, aunque ese se está convirtiendo en el objetivo final de algunos políticos y empresarios.

En el contexto costarricense, cuando se fundó la Caja Costarricense de Seguro Social, se estableció la creación de un fondo de pensiones para los trabajadores que estuvieran adscritos a ella y así se reiteró en la Carta Magna que data de 1949. Dicho fondo de pensión conlleva el adjetivo de solidario, porque en su conformación confluyen el trabajador, el patrono y el estado con porcentajes diferenciados por ley y ajustados a lo que establecen los estudios actuariales que han de realizarse con frecuencia. Corresponde a la CCSS administrar ese fondo solidario y pagar a sus pensionados. Pero el Estado también favoreció la creación de otros regímenes similares bajo los mismos principios para gremios particulares como el magisterio, los empleados judiciales y otros, excluyéndolos por tanto del de la CCSS, sin que con ello se estuviera trasgrediendo la Constitución (Art.73), en la que se deja muy claro que los fondos y reservas de los seguros sociales no pueden ser transferidos ni empleados en finalidades distintas a las que motivaron su creación.

Un fondo de pensiones solidario tiene como principio la constitución de una inversión común que se nutre con los aportes del trabajador, el patrono, el Estado y los dividendos que genere dicha inversión. Así, según sea la administración y el dinero acumulado, se pagan las pensiones ya sea usando los dividendos o tocando parte del principal cuando resulte necesario. La ventaja de esos fondos es que crecen con el tiempo, aunque algunas personas se jubilen, pues día a día se nutren con nuevos cotizantes (trabajadores) activos a lo que se suman más dividendos producto de una sana capitalización y administración.

Los trabajadores hacen su aporte a partir de un porcentaje definido por ley, según sea el salario bruto de cada uno (nominal). Ese salario también es referencia para que patrono y Estado contribuyan en el porcentaje que defina esa relación contractual (ley), el cual siempre es mucho más bajo que el aporte del trabajador. En esas condiciones, a salario más alto, mayor es el aporte al fondo, mientras que la contribución en dinero de salarios medios y más bajos será menor. Eso explica, porque al pensionarse, algunos tendrán derecho a montos nominales mayores que otras personas pensionadas.

Esto es como si formáramos parte de una cooperativa o sociedad, donde una persona que aporta ₡50 000 mensuales al capital común va a recibir más dividendos al año que una que solo contribuye con ₡7 000.

Por ley emitida desde 1958, los trabajadores del sector educación han venido haciendo su aporte a un fondo de pensiones en porcentajes acordes a su salario mensual, porcentaje que, de acuerdo con estudios actuariales, ha ido en crecimiento a lo largo del tiempo. Igualmente lo han hecho los patronos privados y el Estado como patrón debe hacerlo, además de que como Estado queda comprometido a entregar su cuota solidaria para darle fortaleza a ese fondo.[2] Pero ¿qué fue lo que pasó con el fondo de pensiones de los educadores? Muy sencillo. El Estado no cumplió su deber de constituirlo, ni de cancelar sus cuotas como patrono y Estado y en su lugar tomó la totalidad del dinero de los trabajadores para desviarlo a gasto corriente; es decir se comió el fondo de los educadores que, si pagaron sus cuotas y por ello, debiendo responder a su incumplimiento constitucional y ante la imposibilidad de restituir lo utilizado con otros fines, optó por cargar el pago de las pensiones al presupuesto nacional.

Considerando que el pago de ese compromiso (entiéndase deuda del Estado con los trabajadores del sector educación) se le hacía muy elevado, en 1995, decidió dividir a los trabajadores del magisterio en dos grupos. A los de mayor antigüedad los colocó dentro de lo que llamó un Régimen Transitorio de Reparto (RTR) y ahí ubicó a los que dejó sin fondo, cargó el pago de las pensiones al presupuesto nacional y siguió cobrándoles a los pensionados su cuota de adscripción al régimen y una contribución especial solidaria para seguir robusteciendo ¡un fondo que no existe! Este es un hecho contradictorio, pero así lo dice la ley (7531). Por otra parte, el grupo de trabajadores de más reciente nombramiento, fueron ubicados en lo que se llama Régimen de Capitalización Colectiva (RCC), administrado totalmente por la Junta de Pensiones (JUPEMA) de manera independiente y que a pesar de su juventud (26 años aproximadamente) ha demostrado su capacidad y solidez para hacer frente a sus compromisos presentes y futuros. Hoy se le considera una experiencia ejemplar y digna de emular a nivel nacional. Los adscritos al RCC siguen haciendo sus contribuciones de igual forma que los del RTR, pero con la diferencia de que sus aportes, que dicho sea de paso son de menor cuantía que los del RTR; van directamente a un verdadero fondo de capitalización solidario destinado a cubrir el pago de sus pensiones  y al cual el Estado no puede ni debe meter mano. Por eso los pensionados del RCC no se cargan al presupuesto nacional.

Así las cosas, el Estado mató de dos balazos el fondo de capitalización solidaria del RTR. Con la primera bala se llevó el dinero que debió ser invertido en su capitalización y con la segunda cerró el fondo que debió ser creado desde 1958, pues sin más contribuyentes le quitó la posibilidad de seguir creciendo y hacer frente con solvencia a sus compromisos de pago, aunque los pensionados siguen pagando sus cotizaciones como si estuvieran activos y además cancelan una contribución solidaria destinada a robustecer el fondo de pensión que no existe.

Hoy día, esa terrible decisión, sigue siendo dolor de cabeza, temores, causa de rebeldía y bocanadas de rabia, para políticos y gobernantes, quienes buscan asegurarse que esa dolosa situación quede bien muerta y para ello lanzan ráfagas con sus armas de más grueso calibre (discursos mediáticos) contra unos cuantos pensionados a quienes tilda de culpables del descalabro de las finanzas públicas, sinvergüenzas y aprovechados que usufructúan inmerecidos montos jubilatorios, cual si fueran parásitos que se comen los impuestos que paga el sacrificado pueblo costarricense. Como si fuera poco, alienta actitudes de odio, discriminación, señalamiento y ensañamiento obsequiándoles el mote de pensionados “de lujo”, cual, si fueran ciudadanos de segundo o tercer orden, cuyos derechos pueden ser mancillados de la manera más vil. Haciendo uso de un poder desproporcionado, con afanes populistas, intentan confundir a la ciudadanía e incidir en los administradores de justicia para que, alimentados por difusas argumentaciones dicten veredictos que oculten la verdadera estafa que se ha hecho al sector magisterial al quitarles de manera irresponsable su fondo de pensiones solidario. De paso, ocultan la cruda realidad de que, si este se hubiese constituido, hoy las pensiones no se cargarían al presupuesto, asunto que debe ser así, pues lo que sucedió en la práctica es que el engaño se convirtió en una legítima deuda que debe ser pagada, tan legítima como la que hay que cancelar a los entes financieros nacionales e internacionales.

Tratando de evadir compromisos de pago, las autoridades se valen de una serie de falaces argumentaciones entre ellas decir que los pensionados no han contribuido de manera suficiente para merecer las pensiones que les  han sido otorgadas, cual si debieran pagarse con fondos individuales del ahorro como los del ROP; usan montos nominales o brutos para inflar una realidad que oculta que dichas jubilaciones están sujetas a deducciones que en muchos casos llegan al 55%, deducciones que incluyen pago de impuesto de renta, cuotas de enfermedad y maternidad a la CCSS y otras más, incluidas las cobradas para seguir engrosando un fondo de pensión que no existe. Con afirmaciones infundadas, pretenden crear una verdad sobre cierto número de pensionados, la cual no se sostiene con la refutación de las múltiples pruebas que contienen las leyes sobre pensiones.

Hoy toca a los pensionados, adultos mayores, mancillados en su honorabilidad, defenderse ante los embates de las armas de grueso calibre que usan los administradores del poder, y lo hacemos con lo mejor que tenemos, pruebas, argumentos y razones apegadas a la verdad, porque si no lo hacemos, dejamos de ser ciudadanos de un país libre, democrático y participativo que no se doblega ante quien más grita.  Los jueces de la República tienen la palabra, pero antes de emitirla y dejarse llevar por falsos espejismos, deben escudriñar en los actos irresponsables de distintos gobiernos y que ahora se tratan de ocultar con discursos distorsionados y cortinas de humo que esconden las irresponsabilidades del pasado y el costo que los gobiernos deben asumir por semejante error. Los pensionados del RTR quedaríamos muy agradecidos si se nos devuelve el fondo, se le suman las cuotas y aportes solidarios que hemos pagado desde 1995 a la actualidad y estaríamos felices de no depender más de partidas consignadas en el presupuesto de la República. Quizá así y con el paso del tiempo podríamos recuperar algo de la honorabilidad pisoteada por la abundancia de discursos distorsionados y tergiversadores sobre la situación real que nos afecta.

En los últimos días, los pensionados del magisterio y otros regímenes vuelven a ser carne fresca para alentar el peligroso discurso de una reforma constitucional que sin más fondo que las enardecidas voces de algunos políticos, se orientan a mancillar las conquistas sociales y los derechos del trabajador. Al amigo lector le invitamos a estar atento al engaño que está tras el discurso de quienes tienen el poder, no se deje confundir y como ser pensante y auténtico, infórmese, piense, analice y opine. No se deje manipular por falsas verdades, porque hoy con discursos mediáticos se lanzan contra los pensionados del magisterio; mañana puede ser contra usted. No permita que le quiten lo que es suyo, lo que por ley le pertenece y que debemos defender. Sin respeto al pacto social de derecho consagrado por la constitución y las leyes no hay democracia que defender.

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[1] El ROP se nutre del 4,25 % del salario reportado en la planilla de la CCSS para cada trabajador, distribuido de la siguiente forma: 1% lo pone el trabajador y 3,25 % el patrono. El trabajador selecciona una operadora de pensiones que capta y capitaliza ese dinero, de manera que cuando se pensiona se le otorga un complemento a su pensión básica, hasta que se agota la totalidad de lo ahorrado en su fondo individual de capitalización privado.

[2] Acorde con la ley 7531 de 1995 los trabajadores adscritos al Régimen transitorio de reparto del magisterio (RTR) cotizan entre un 10 y 16 % de su salario bruto o nominal de manera escalonada, el patrono tanto público como privado un 6,75 % y el Estado un 1,24 % de ese salario, al igual que lo hace con el IVM de la CCSS. Una vez pensionado el trabajador del RTR sigue cotizando para el fondo de manera ordinaria y extraordinaria.

(*) José Antonio Salas Víquez, Catedrático Jubilado Universidad Nacional.

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7 COMENTARIOS

  1. Gracias por fortalecer nuestra esperanza en este régimen solidario de pensiones. Por aclarar quienes son los responsables y a la vez señalarlo como los interesados manipuladores de la información para sacar provecho de la desinformación.
    No es la primera vez que intentarán meterle manos sucias a ese gran fondo que fue bien establecido por ley.

  2. Excelente artículo del académico Salas, una radiografía real del falaz discurso de los enemigos de la dignidad en su vejez que se merece la clase trabajadora.

  3. Había que decirlo y se dijo, mi reconocimiento y respeto al ilustre académico que informó desde todos los ángulos la situación, y muy claro, conciso y detallada, sin mucho bla bla bla. Humildemente solo quiero agregar mi desconcierto de las razones por las cuales hasta el dia,de hoy ni los directivos de jupema, ni los sindicatos de educacion han opinado y ni soñar en defender este régimen que supieron concretar nuestros visionarios educadores de aquellas épocas. Nos robaron, nos roban y encima nos culpan. Buenazo diría una diputada desinformada

  4. Muy clara la explicación, también es importante que se conozca que el Fondo de Jubilaciones del Poder Judicial se creó en 1938, o sea antes de la Constitución Política de 1949.

  5. Clarísima explicación en la que se demuestra cómo los gobiernos históricamente desfalcaron el régimen de pensiones y, simultáneamente, señalan y estigmatizan con el mote de «pensiones de lujo» a un sector de los trabajadores de la educación con el fin de presentarlos ante la opinión pública como los responsables de la pobreza y corrupción en este país.

  6. Creo que sería muy oportuno que el autor señale, si es que lo ha investigado, cuáles gobiernos fueron los responsables del desfalco del régimen de pensiones. Creo que es necesario señalar claramente a los responsables ya que cuando se menciona al «Estado», se invisibiliza la responsabilidad de los políticos en sus respectivos gobiernos.

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