Desde múltiples plataformas globales se está trabajando, desde hace años, el desarrollo del derecho a una vivienda digna como una herramienta para combatir la evidencia de notables carencias, en muchas partes del mundo, y fomentar los derechos civiles con políticas dirigidas a crear un lugar adecuado para vivir para todos/as. Por esta razón, de un modo u otro todas las constituciones incorporan este derecho. Pero la realidad es que su cumplimiento no es del todo efectivo.
Se tiende a confundir la vivienda con unas paredes y un techo, y con apenas alguna escuela o una plaza con poco o nulo mantenimiento cerca, o con una permisividad manifiesta en aceptar la vivienda informal, la autoconstrucción extrema, como una realidad incontestable. Luego, se acuerdan múltiples compromisos políticos en diversas iniciativas que buscan una respuesta más combativa, pero la realidad es que, sin recursos adecuados, a la gente pobre, en muchos lugares, se le da viviendas pobres, o pobres recursos para adquirir viviendas de mala calidad, que apenas compensan la situación de exclusión y abandono en la que viven. Asimismo, recientemente se está incorporando otra estrategia, la de combatir la marginación urbana, es decir, las enormes bolsas de pobreza que se acumulan de un modo irregular (y según como inmoral) en muchas periferias urbanas. Incluso, se encuentran en centros urbanos muy deteriorados, en ciudades en las que los centros se han desplazado con sus habitantes más acomodados hacia otros lugares. Este proceso de repulsión y expulsión de la población con menos recursos a zonas donde impera la pobreza parece inevitable, y se le llama gentrificación. Y a esta línea combativa, que aspira a combatirlo, se la llama «vivienda inclusiva».
La Agenda 2030 de las Naciones Unidas, donde la Nueva Agenda Urbana del año 2016 (ONU, 2016) es su compromiso dirigido al fomento de unas ciudades y unas comunidades sostenibles, fomenta el ideal de que es deseable crear ciudades menos excluyentes, desde la planificación urbana. Pero, ciertamente, la vivienda inclusiva, en el orden transnacional, no se contempla como una idea clara en los objetivos de la planificación urbana, en ningún sitio, salvo en el texto de la Nueva Agenda Urbana citada. Asimismo, es una práctica común, desde hace décadas, en los países más desarrollados. Allí se crea vivienda accesible para familias y personas con bajos recursos en zonas donde el libre mercado inmobiliario no lo permite, es decir, allí donde una vivienda es demasiado cara para este colectivo. De este modo, se combate la gentrificación y se fomenta la cohesión y el desarrollo sociocultural, tal como se promueve desde las Naciones Unidas. Es decir, según parece existe la idea de que se puede trasladar esta buena práctica a todo el mundo, pero de momento no se ha aplicado debidamente, al menos de un modo evidente.
La cuestión de la vivienda inclusiva es compleja, y tiene que ver con un proyecto político principal: la erradicación de la pobreza. Pero la pobreza es estructural, y un problema mayúsculo en los países con economías pobres o al servicio de otras economías exteriores. Se trata, pues de una anomalía, en el sentido de que es una contradicción (en apariencia) pretender corregir la pobreza mediante planes urbanos de vivienda inclusiva. ¿O no lo es?
La evidencia de una política urbana inclusiva, por un lado, y de otra excluyente, por otro, responde a razones de índole geopolítico, que es el espacio transnacional, donde la ley de los estados tiene nula o poca cobertura y rige la «ley de la competencia». Este espacio, el transnacional, es un terreno pantanoso para trabajarlo en la medida que no existe un debate claro y reconocido sobre el cual podamos hablar y trabajar colectivamente para mejorarlo. En este sentido, parece que la idea de una vivienda inclusiva global sea un modo de labrar un proyecto político a medio hacer: el de un orden internacional basado en la equidad de derechos para todos/as, sin distinciones de ningún tipo. Y de este tema hablamos poco, y cuando lo hacemos es para darle vueltas, no para abordarlo seriamente.
El estudio de los derechos internacionales es abrir una puerta a la realidad apenas mal comprendida. Se trata de un cambio de escala conceptual, en todos los sentidos. Por ello, es recomendable una guía. Pero, ¿cuál? No hay un horizonte claro. Si el interlocutor es un jurista te dirá «aquí están las declaraciones y las leyes»; pero si es un filósofo te dirá «los juristas no transcienden las leyes, solo las aplican y no comprenden el orden natural de las cosas»; o un político, que seguramente te dirá «una cosa son las declaraciones y las leyes y otra es la realidad, que se basa en relaciones de poder». O, quizás, un atento observador dirá «la clave está en comprender las leyes de la economía», sin profundizar demasiado en ellas, y en sus opciones. Tras este gran tema existe un pasado reciente con mala prensa: la Guerra Fría y el modelo comunista. Luego, en la universidad, el profesorado, por lo general se aferra a ideas fuerza, que están aceptadas. Una de ellas es que existe el derecho a una vivienda digna, pero que su práctica depende de muchos factores y es difícil convertirlo en un derecho real. En toda América Latina esta idea está, además, soportada por las evidencias, que han sido ampliamente investigadas desde sus consecuencias. Asimismo, al hablar de las causas no se llega al fondo de la cuestión. Nos solemos «confundir» en las ideas, y perdemos la perspectiva de la cuestión de la pobreza, que es un asunto de índole económico que forma parte del régimen comercial basado en la competencia y la iniciativa privada, donde la autoridad pública es residual o, a lo sumo, solo es modélica en naciones privilegiadas que se comportan como un colectivo privado ante el resto del mundo. Comprender este régimen ayuda a ver por qué existen lugares donde la vivienda inclusiva se planifica, y otros donde solo se intenta planificar. Pero sobre esta cuestión no existe una cátedra principal a dónde agarrarse. Se ha distorsionado la capacidad de comprender la raíz de la pobreza.
De todo lo dicho, se desprende una idea principal. Vivimos en un orden internacional imperfecto. Y, este orden, al que podemos llamar también desorden, nos habla de otro orden: el transnacional, en la medida que el internacional está a medio hacer, y el que impera es el de las relaciones de poder entre los estados. Las leyes rigen a los estados, y por encima de ellas ya no hay leyes. No. Lo que hay son «tratados», «declaraciones», «acuerdos», «compromisos», «pactos»… y, de entre todos ellos destaca uno de principal: la Carta de las Naciones Unidas (ONU, 1945), que es la hoja de ruta del orden transnacional desde el fin de la II Guerra Mundial, con miras a crear un orden internacional en el futuro, que sea más amable. Es lo que se llama «derecho blando». En este sentido, es relevante que dicha Carta no haga mención al derecho a la vivienda, y que éste aparezca en la Declaración de los Derechos Humanos. Y todo tiene una razón. La Carta es un proyecto de paz y convivencia, y la Declaración una primera lista de propósitos, que recoge los valores labrados por la humanidad a lo largo de los siglos de civilización. En este sentido, en esa época todavía falta recorrer mucho camino para hacer de la vivienda la evidencia del fracaso de nuestras ciudades: la que nos dice que, pese a haber creado un escenario basado en la paz y el desarrollo económico, la pobreza y la vivienda pobre y marginal es una realidad que no se ha resuelto, y, eso, ante los ojos de cualquier conciencia, es lamentable. Vivienda y pobreza van de la mano y no se pueden negar. Existen, como también existe la evidencia de la pobreza ecológica (implacable) que no cesa de acrecentarse. Y la «inclusión», como respuesta a esta «exclusión», ya sea en la forma de una vivienda digna o en la de cualquier otra forma de compensación a la discriminación o el abuso, es un proyecto que de momento parece que no tiene una solución fácil.
Asimismo, poco a poco se va avanzando, y es positivo saber valorarlo, y esperanzador. Se ha avanzado en materias como la planificación (que controla la vivienda informal); la financiación (que crea apoyos o estrategias especiales); las condiciones de habitabilidad (con el establecimiento de unos «mínimos»); más otras cuestiones paralelas como el combatir la discriminación de ciertos colectivos, la protección ante los desahucios forzados, y ayudas o subvenciones. No es suficiente, está claro, y no en todos los lugares se aplica por igual. Los países en fase de «desarrollo» (hacia el mercado global) están sujetos a la explotación social y la de sus recursos naturales, y por lo tanto son quienes acumulan más carencias. Pero, pese a la indignación que ocasiona verlo así, es un espacio a trabajar. Siempre se puede avanzar en cada una de estas líneas.
Sin embargo, como todo, existe un sesgo que no se reconoce demasiado pero no se debe obviar. Trabajar en estas líneas es necesario, pero sirve de poco si no se asume que se trata de un problema ético y moral, que sólo con determinación política se puede aceptar. Ahora bien, requiere intervenir la esencia del poder del dinero. Es decir, pide poner restricciones al supuesto ejercicio de la libre competencia que rige el ideal del comercio global. Al tratarse de un problema globalizado se debe trabajar globalmente y es, en esencia, un problema geopolítico que, necesariamente, pasa por acotar el espacio de la especulación. En esta línea, sin este ajuste, el límite lo pone la ley de la economía transnacional y la supuesta competencia controlada que, en realidad, esconde relaciones de abuso y monopolio, que beneficia a quienes ya les está bien (y que son quienes deberían ceder y a la par quienes tienen el poder de no hacerlo).
Y, ¿cómo se debe actuar? No existe una hoja de ruta clara. Existe, de momento, un «derecho blando» que conviene robustecer. Y, mientras sea «blando», la planificación de la vivienda inclusiva, capaz de combatir la gentrificación y la estratificación espacial por niveles de renta, entre ricos y pobres, o muy pobres, solo será una realidad allí donde la «bolsa de la pobreza» sea mínima y el estado económico tenga recursos suficientes para afrontarlo. El ideal común de la Nueva Agenda Urbana, en este sentido, será una idea más visible, en la medida que es el resultado de una agenda global que no cesa de avanzar en sus aspiraciones, pero sin estos cambios estructurales seguirá siendo una entelequia.
(*) Dr. Andreu Marfull Pujadas, Profesor en Planificación y Geografía Urbana a la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, México.
Bibliografía citada
ONU (1945). Carta de les Naciones Unidas. Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional. San Francisco, 26 de junio de 1945.
—- (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos. Asamblea General de las Naciones Unidas. Paris, 1949.
—- (2016). Declaración de Quito sobre ciudades y asentamientos humanos sostenibles para todos. Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible (Hábitat III), celebrada en Quito (Ecuador) entre los días 17 y 20 de octubre de 2016.
Felicidades Sr. Marfull por su artículo de opinion
Muchas gracias Sr. Carmelo.